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Un exjefe PN violó proceso de compra de combustible para beneficiar empresa de Alexis Medina, afirma MP

Redacción por Redacción
23/12/2021
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SANTO DOMINGO RD 23/11/14 FACHADA DEL PALACIO DE LA POLICIA NACIONAL,FOTO.JOSE JUSTO FELIZ

SANTO DOMINGO.- El exjefe de la Policía Nacional, Nelson Peguero Paredes, dio autorización para la adquisición de combustible irrespetando el debido ya que no lo programó en el Plan Anual de Compras de la referida institución, con el fin de favorecer a la empresa FUEL AMÉRICA INC. DOMINICANA, S.R.L., RNC. 131-09980-7, propiedad de Alexis Medina.

De esta manera lo narra el Ministerio Público en el expediente acusatorio contra los implicados en la Operación Antipulpo.

En los detalles las autoridades explican que el exjefe de esa institución emitió las autorizaciones a los nombrados Elvis E. Reyes Paulino y César Augusto Peralta.

CONTRATACIÓN DE EMPRESAS SIN EXPERIENCIAS Y SIN PLANTAS FÍSICAS

En ese mismo periodo de tiempo (2015-2017) el Ministerio Público señala que Peguero Paredes autorizó la celebración de cuarenta (40) procesos de compras bajo la modalidad de excepción, que originaron cuarenta (40) órdenes de compras de Gasolina y Gasoil, a favor de la empresa Fuel América Inc. Dominicana, quien para ese periodo, dicen, no contaba con licencia para la venta, distribución, comercialización, importación y transportes de derivados de petróleo, no poseía experiencia en ese mercado que asegurara cumplir con lo contratado, para el inicio de la contratación no poseía registro de Proveedores del Estado.

Además de la contratación de la empresa Fuel América Inc. Dominicana “de forma deliberada” las autoridades indican que los anteriormente citados violaron la de sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones, ya que autorizaron y suscribieron las contrataciones sin que esta empresa contara con la capacidad técnica, física o la experiencia en el mercado que le permitiera cumplir con la obligación asumida.

De acuerdo con lo investigado por el órgano acusador estas contrataciones tenían la finalidad de beneficiar a Juan Alexis Medina Sánchez, “quien se constituyó en un vendedor intermediario entre la Policía Nacional y la empresa Gulfstream Petroleum Dominicana S.R.L., que para la fecha ya suplía directamente a la Policía Nacional”.

El monto de las contrataciones totales de esta empresa ascendieron a la suma de doscientos veinte millones setecientos treinta y nueve mil setecientos veintiún pesos con veinte centavos (RD$220,739,721.20), pagos que en su totalidad los suscribió Nelson Peguero Paredes mediante cuarenta y cuatro (44) libramientos que provocaron la transferencia del monto indicado desde la cuenta del Tesoro Nacional número 100010102384894 a la cuenta del Banco de Reservas propiedad de la empresa FuelAmérica Inc. Dominicana, marcada con el número 100011620035666, asegura el expediente.

Siguen narrando que «con esos cuarenta y cuatro (44) libramientos, se trasfirieron a la empresa Fuel América Inc. Dominicana, treinta y dos millones de pesos dominicanos (RD$32, 688,821.00)), en perjuicio del Estado Dominicano, por el pago de 101,836 galones de gasolina y 110,000 galones de gasoil que nunca le fueron entregados a la Policía Nacional».

Indicaron que el pago de combustible no entregado se realizó mediante el uso de conduces que poseen varias características que desvelan el modo como los acusados Juan Alexis Medina Sánchez, Julián Esteban Suriel Suazo, Carlos José Alarcón Veras y Wacal vernabel Méndez Pineda a través de la empresa Fuel América Inc. Dominicana lograron apropiarse del dinero del Estado.

Repetían la misma numeración de conduces en distintas facturas.

2. Eran utilizados en el cobro de combustible que se debía entregar en un mismo lugar y en la misma fecha.

3. No cuentan con la evidencia de que a la Policía Nacional se le entregó el combustible cobrado mediante los mismos.

4. En aquellos que tienen firma, quienes los suscriben en nombre de la Policía Nacional no se encontraban asignados a esas estaciones de combustibles.

5. En los reportes y registros de estas estaciones de combustibles no hay evidencia de la entrada del combustible facturado, pagado y no entregado.

6. El combustible consignado en el conduce supera la capacidad de almacenamiento de los depósitos de las bombas y coinciden con la entrega y registro de combustible de parte de otras empresas que suplieron a la Policía Nacional para la misma fecha y lugar.

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