Santo Domingo. – El Tribunal Constitucional (TC) rechazó un recurso de revisión presentado por Bienes Nacionales y dejó firme una condena que obliga al Estado dominicano a pagar RD$520.49 millones a Hacienda Fondeur por terrenos expropiados en Samaná.
El monto comprende RD$515,491,872 por una superficie de 1,536,179.25 metros cuadrados y RD$5 millones por daños y perjuicios, conforme a la decisión de la Cuarta Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA), emitida el 6 de mayo de 2025.
La compensación por los terrenos equivale a aproximadamente RD$335.57 por metro cuadrado.
Conflicto se remonta a 2001
La controversia comenzó con el Decreto 598-01, que declaró de utilidad pública e interés social una porción de la parcela 3574, en Samaná, para el asentamiento de familias campesinas.
La empresa alegó que los terrenos estaban destinados a actividades forestales y de reforestación, y advirtió sobre una posible confusión con otras parcelas.
En 2005, el Instituto Agrario Dominicano (IAD) informó que en parte del inmueble existía un asentamiento campesino que había sido oficializado.
Años después, Hacienda Fondeur reclamó el pago por los terrenos. El 13 de septiembre de 2024, la Dirección General del Catastro Nacional emitió el avalúo administrativo 167-24. La empresa también obtuvo una tasación privada.
El 22 de noviembre de ese año presentó una demanda de justiprecio contra el Estado, Bienes Nacionales y el IAD. El TSA acogió parcialmente el reclamo y ordenó la compensación.
El Constitucional no revisó la tasación
Tras la sentencia del TSA, la Procuraduría General Administrativa presentó un recurso de casación en representación del Estado y, según la Suprema Corte de Justicia, también de Bienes Nacionales y el IAD. Bienes Nacionales interpuso otro recurso por separado.
El Tribunal Constitucional rechazó la revisión el 1 de octubre de 2026, al considerar que Bienes Nacionales no explicó de manera concreta cómo la decisión de la Suprema Corte había vulnerado sus derechos fundamentales.
El TC no revisó el valor de los terrenos ni recalculó la indemnización, sino que examinó los argumentos constitucionales planteados en el recurso.





