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Sistema de votación retrasa fallos en el Constitucional

Redacción por Redacción
26/01/2021
en Nacionales
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Sistema de votación retrasa fallos en el Constitucional
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El mecanismo de mayo­ría calificada que requiere el Tribunal Constitucional para aprobar una senten­cia, en ocasiones se ha constituido en un escollo que ha impedido que los expedientes sean fallados con la celeridad que aspi­ran los ciudadanos, prin­cipalmente cuando con­ciernen a temas espinosos o conflictivos, como el mi­gratorio, la soberanía na­cional y ciertos asuntos políticos.

La Constitución manda a que las sentencias del Tribunal Constitucional sean aprobadas con el vo­to favorable de al menos 9 de sus 13 jueces, lo que se denomina mayoría ca­lificada, por lo que en las sesiones deliberativas del pleno se debe cumplir con ese requisito, porque de lo contrario no pasa y tiene que volver a ser presenta­do en otra oportunidad.

Al parecer esto es lo que ha ocurrido con el acuer­do de pre-autorización en el transporte aéreo que fir­maron en el 2016 los go­biernos de la República Dominicana y de Estados Unidos, el cual estableció un procedimiento de pre chequeo en el transporte aéreo por parte de funcio­narios de Aduanas y Pro­tección Fronteriza del De­partamento de Seguridad Nacional estadounidense en un área del Aeropuer­to Internacional de Punta Cana.

Se supo que ese acuerdo, que fue sometido hace 4 años a revisión del Cons­titucional por el entonces presidente Danilo Medi­na, ha sido presentado varias veces para ser decidi­do, pero ha tenido que ser retirado de la mesa porque no se reúnen los votos sufi­cientes para emitir una sen­tencia.

La Carta Magna otorgó fa­cultad al Tribunal Constitu­cional para ejercer el control preventivo de los tratados in­ternacionales antes de que sean ratificados por el Con­greso Nacional, por lo cual deben ser sometidos a revi­sión por el Presidente de la República.

Firmar tratados o conven­ciones internacionales es una atribución que la Cons­titución le concede al pri­mer mandatario, pero para que sean válidos y puedan obligar al país, deben ser so­metidos a las cámaras legis­lativas. Esto debe producir­se después que el Tribunal Constitucional lo examina para determinar si su conte­nido viola o no disposiciones constitucionales.

El TC ha validado decenas de convenios internaciona­les suscritos por la República Dominicana con varios paí­ses y organismos internacio­nales, pero ha anulado al­gunos por inconstitucional, específicamente por afectar la soberanía nacional.

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