La procuradora general de la República, magistrada Yeni Berenice Reynoso Gómez, dictó una conferencia titulada “Código en Consulta: el ejercicio médico ante el nuevo Código Penal 2025”, Guía legal, gestión de riesgos y el nuevo paradigma penal en la República Dominicana”, ante autoridades, personal médico y administrativo de la clínica universitaria Unión Médica del Norte.
La actividad que se desarrolló en el auditorio de la 13ava planta de la Torre E, de ese centro de salud, estuvo encabezada por el presidente del Consejo de Administración, doctor Julián Sued, quien tuvo a cargo las palabras de bienvenida, el expresidente de la clínica, el senador Daniel Rivera y demás autoridades.
En su ponencia, la magistrada dijo que la reforma del Código Penal que entrará en vigor en los próximos días, mantiene las garantías fundamentales de la responsabilidad profesional y no busca criminalizar el ejercicio de la medicina.
Reynoso fue enfática al señalar que las normas que regulan la actuación médica no sufren cambios sustanciales en su esencia punitiva.
“No hay nada que temer”, afirmó la funcionaria en referencia al sector médico, tras indicar que, en términos generales, el Código que aún está vigente y el que entra en vigencia siguen manteniendo la misma esencia”.
La funcionaria, recordó que la responsabilidad penal en la legislación dominicana es “estrictamente individual” y destacó que la labor médica está comprendida en la figura jurídica del “riesgo permitido”, entendiendo que la salud y la biología humana conllevan imponderables que no pueden atribuirse a una mala praxis ni sancionarse como delitos dolosos, con intención de hacer daño.
Explicó que el médico actuante tiene siempre una obligación de medios, nunca de resultados. “Todos los días en una sala de cirugía se toman decisiones de riesgo, pero la mayoría caen dentro de lo que el derecho llama riesgo permitido. La medicina no se puede investigar ni juzgar como que dos más dos son cuatro; tiene que analizarse el caso en concreto”, agregó.
La magistrada detalló que los procesos vinculados al sector salud se enmarcan en actuaciones culposas, basadas en omisión, negligencia, imprudencia, impericia o inobservancia de reglamentos, y no en intenciones criminales.
Al referirse al artículo 112 del nuevo texto normativo, anteriormente 319, Yeni Berenice explicó que contempla penas de 2 a 3 años de prisión por muertes causadas por negligencia o impericia, las cuales pueden elevarse de 3 a 5 años únicamente.
En casos de imprudencia temeraria, como cuando se somete a un paciente a procedimientos de alto riesgo desconociendo o ignorando contraindicaciones médicas graves.
El doctor Julián Sued, resaltó la importancia de propiciar espacios de diálogo y actualización para promover una práctica médica más segura, ética y apegada a la ley.





