SANTO DOMINGO.- El Ministerio Público presentó este miércoles un recurso de apelación ante la Segunda Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional contra la sentencia que declaró extinguida la acción penal en el proceso seguido por la presunta venta ilegal de terrenos estatales en el sector Los Tres Brazos.
La acción judicial fue interpuesta contra la decisión que favoreció al exdirector de la Corporación Dominicana de Empresas Estatales (Corde), Leoncio Almánzar Objío, así como a Juana Ynés Gómez Williams, Lisetel González Sánchez, Manuel Joaquín Aybar Ferrando, Domingo Gerardo Lebrón de los Santos, Carlos Aris Gómez Williams, Irving José Cruz Crespo y Julio César Gómez Williams.
Asimismo, el recurso incluye a las empresas Proyecciones Inmobiliarias Gowi, S.R.L., Inversiones Fernández Parache (Infepa), Tekknowlogic Dominicana, S.R.L., y a la propia Corde.
El Ministerio Público sostiene que los acusados participaron en un esquema fraudulento para la venta de aproximadamente cuatro millones de metros cuadrados de terrenos propiedad del Estado, con una expectativa de ganancias estimada en unos RD$5,000 millones.
La apelación fue presentada por el procurador adjunto Wilson Camacho, titular de la Dirección General de Persecución; la procuradora de corte Rosa Pichardo, y los fiscales José Miguel Marmolejos y Wagner Cubilete.
Tras conocer el recurso, la corte, integrada por los jueces Ysis Muñiz, Teófilo Andújar y Milagros Ramírez Cabrera, aplazó la audiencia y fijó para el próximo 10 de septiembre, a las 11:00 de la mañana, la lectura de su decisión.
“En el día de hoy el Ministerio Público cumplió con presentar el recurso de apelación contra la extinción del proceso penal”, expresó la procuradora Rosa Pichardo al concluir la audiencia.
La sentencia recurrida, identificada con el número 941-2024-SSEN-00082 y emitida el 22 de abril de 2024 por el Cuarto Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, declaró la extinción de la acción penal por vencimiento del plazo máximo de duración del proceso.





