SANTO DOMINGO. El Tribunal Constitucional fijó para el próximo viernes 27 audiencia pública en la que conocerá un recurso de inconstitucionalidad incoado por la Fuerza Nacional Progresista (FNP) y Vinicio Castillo Semán, contra el artículo 2 de la Ley 157-13, que establece el sistema de arrastre y voto indirecto en la elección de los senadores, por considerarlo violatorio a los artículos 77 y 208 de la Constitución de la República.
“La Constitución de la República es muy clara en cuanto a que la elección de los senadores se hará por sufragio universal directo en los términos que establezca la ley, por lo que el párrafo del artículo 2 de la Ley 157-13 no puede establecer un voto indirecto para la elección de los senadores, cuando prevé que el voto emitido a favor del diputado arrastra al senador, a quien se le computa por vía indirecta ese sufragio”, expresó Castillo Semán, en nota de prensa enviada a Diario Libre.
“Espero que el Tribunal Constitucional acoja nuestro recurso, haciendo prevalecer la supremacía de la Constitución y protegiendo los derechos del elector, que en muchos casos se ve impedido de votar por un candidato a senador de su preferencia porque ha marcado la boleta en la candidatura a diputado por otro partido.
Las elecciones generales pautadas para mayo del 2020, en la parte congresional debe consignar boletas separadas, una para los candidatos a diputados y otra para los candidatos a senadores, de forma tal de que el elector pueda votar de manera directa por sus representantes legislativos”, agregó Castillo Semán mediante un comunicado.
“El Foro Permanente de Partidos Políticos de la República Dominicana (Fopppredom), que agrupa el 90% de los partidos políticos reconocidos del país, ha planteado que está de acuerdo con la inconstitucionalidad del voto de arrastre de diputados a senadores.
“Exhortamos a todos los partidos, personalidades de la vida pública y organizaciones de la sociedad civil que estén de acuerdo con nuestro recurso de inconstitucionalidad, a que intervengan en el mismo en apoyo a que el párrafo del Artículo 2 de la Ley 157-13 sea declarado no conforme con la Constitución, fortaleciendo así el sistema democrático de la República Dominicana”, concluyó Castillo Semán.