El Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela ratificó este viernes que el vicepresidente Nicolás Maduro, tras el fallecimiento del presidente Hugo Chávez, puede jurar como presidente encargado y ser candidato a la presidencia de la República en las elecciones que se llevarán a cabo dentro de los 30 días siguientes a la falta absoluta del jefe del Ejecutivo.
La decisión, hecha pública este viernes por la Sala Constitucional del TSJ, es una interpretación del artículo 233 de la Constitución Bolivariana sobre la falta absoluta del presidente de la Nación.
El documento reza que “el Vicepresidente Ejecutivo (Nicolás Maduro) deviene Presidente Encargado y cesa en el ejercicio de su cargo anterior. En su condición de Presidente Encargado, ejerce todas las atribuciones constitucionales y legales como Jefe del Estado”.
Igualmente, “el órgano electoral competente (…) puede admitir la postulación del Presidente Encargado para participar en el proceso para elegir al Presidente de la República (…). Durante el proceso electoral para la elección del Presidente de la República, el Presidente Encargado no está obligado a separarse del cargo”.
La decisión del TSJ fue publicada en la página web del Poder Judicial este viernes minutos antes de que iniciara el funeral de Estado del presidente Hugo Chávez, quien falleció en la ciudad de Caracas a las 16H25 local del martes 5 de marzo de 2013.