Los planes del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) de escoger su propuesta presidencial para las elecciones presidenciales del 2028 durante el primer trimestre del 2026 fueron puestos en pausa luego del Tribunal Superior Electoral (TSE) suspendiera, de manera provisional, la reunión que realizaría el comité central de esa organización política en donde oficializarían cuáles serán las personas que disputaran esa candidatura.
A través de un comunicado de prensa, la alta corte manifestó que se tomó la decisión de suspender la convocatoria a la realización de la asamblea de su comité central hasta tanto no se termine de adoptar una sentencia sobre el fondo de la demanda principal, la cual es la nulidad de “Acuerdos Discusión sobre el Mecanismos y la fecha para seleccionar un aspirante a Precandidato o Precandidata Presidencial”.
“La suspensión fue dispuesta tras acoger en cuanto al fondo la medida cautelar tendente a la suspensión de los efectos ejecutorios del numeral 3, del Acta núm. 3, de fecha 3 de marzo del año 2025, emitida por el Comité Político del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), por concurrir los presupuestos del artículo 160 del Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales, es decir, se ha acreditado la verosimilitud del derecho invocado; se ha verificado un perjuicio que podría dificultar la efectividad de la tutela que pudiera otorgarse en la sentencia definitiva y por identificarse la identidad entre objeto de la medida cautelar y la acción de fondo”, reseña la nota de prensa.
El tribunal, compuesto por el presidente del TSE, Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo; además de Rosa Pérez de García y Pedro Pablo Yermenos Forastieri, ordenó que la suspensión se mantendrá vigente hasta tanto se adopte una sentencia sobre el fondo de la demanda principal o se presente alguna causa de procedencia de revisión de la misma.
El PLD realizó varios medios de inadmisión
El TSE manifestó que antes de acoger la medida cautelar rechazó varios recursos de inadmisión presentados por los representantes del PLD durante la audiencia.
Uno de ellos fue indicando que la decisión carecía de fundamento legal, a lo que el tribunal explicó que el único requisito temporal que se exige con relación a la medida cautelar es que se interponga en el marco de una demanda principal, tal como lo ordena el artículo 159 reglamentario, siendo la medida cautelar incoada en el transcurso del trámite del expediente TSE-01-0008-2025, por lo que resulta admisible en este punto.
Otro de los recursos de inadmisión rechazados fueron los presentados por “falta de interés” y “falta de legitimación procesal” ya que el demandante, señor Eleuterio Abad Santos, es miembro acreditado del PLD, que justifica plenamente su legitimación activa para el ejercicio de esta medida cautelar y que todo miembro de una organización política, tiene interés en judicializar cualquier actuación que entienda vulnera la democracia interna de la organización, en el marco de un conflicto intrapartidario.
En estado de fallo
El TSE manifestó que el proceso entra a la etapa de “fallo reservado” y que el tribunal le entregará a las partes la decisión final.
Posibles presidenciables están identificados
La denominada Comisión de Seguimiento, Arbitraje y Unidad informó en abril que ya se tiene identificó y se reunió con todas sus figuras “presidenciables”, los cuales son el exsenador y exsecretario general de ese partido Charles Mariotti; la ex vicepresidenta, Margarita Cedeño; el excandidato presidencial, Abel Martínez; el exprocurador, Francisco Domínguez Brito; el exministro de Turismo, Francisco Javier García y el exministro de Economía, Juan Ariel Jiménez, todos miembros del Comité Político.