El Primer Tribunal Colegiado determinó que no hubo detención ilegal en Ágora Mall a David de los Santos, puesto que los empleados fueron informados de la existencia de una amenaza a la señora Yesenia Altagracia Mejía Santos, quien era empleada de la tienda Senses, ubicada dentro de la plaza comercial.
Además, debido a que los imputados cumplieron con los requisitos de Ley para actuar sin orden judicial de un juez competente, debido a que detuvieron a David de los Santos Correa en flagrancia, es decir, cometiendo un tipo penal.
Las juezas citaron las palabras dichas por David a Yesenia Altagracia Mejía Santos en el día de su detención, de acuerdo al testimonio que dio ella misma, indicando que David le preguntó a Yesenia: “¿Qué le pides a Dios?” y cuando esta le respondió, luego él le dijo que si ella no pedía por su vida. Ese intercambio fue interpretado como una amenaza.
Asimismo, la jueza dijo que cumplieron con el voto de la ley al comunicar de inmediato a las autoridades la presencia de un ciudadano detenido. Señaló que una prueba demuestra que hubo una llamada de parte de la seguridad de Ágora Mall al Sistema Nacional de Emergencias 911 y los miembros de la policía se presentaron en las oficinas de seguridad.
El Tribunal entendió que los imputados Ambriorix Montero Otaño, Álvaro David Beltrán Pérez, Yubaris Méndez Ferreras y Juan Reyes de la Cruz no incurrieron en violación a las disposiciones del artículo 341 del Código Penal Dominicano, al poderse establecer que realizaron una detención revestida de los requerimientos de la Ley.
Añadió que una prueba aportada dio traste con que la detención de David por parte de los miembros de seguridad de la plaza se dio “en fiel cumplimiento que debe darse a cualquier ciudadano en respeto a los derechos humanos”, ya que no se observó por parte de los empleados irrespeto, violencia física, verbal o malos tratos.