Santo Domingo, R.D.- El tribunal de la Segunda Sala de la Corte de Apelación del Distrito Nacional acogió a unanimidad el día de ayer, la petición del Ministerio Público de declarar inadmisible el recurso de apelación interpuesto por Diógenes Isidro Gutiérrez Medina, uno de cuatro dirigentes estudiantiles que se encuentran presos por su supuesta participación en la muerte del coronel Julián Suárez Cordero, ocurrida en las inmediaciones de la UASD el 23 de abril del año 2013.
“Primero, declara inadmisible por carecer de objeto el presente recurso de apelación interpuesto por el imputado Diógenes Isidro Gutiérrez Medina, de fecha 17 del mes de mayo del año 2013, en contra de la Resolución No. 668-2013-1360, del 29 de abril del año 2013, toda vez que la misma fue sustituida por la Resolución No. 337-2013, de fecha 24 de julio del año 2013, al ser conocida la revisión obligatoria, que se mantuvo la medida de prisión preventiva como medida de coerción, lo que implica que la resolución recurrida fue sustituida por otra distinta a la que se apoderó esta sala; Segundo, ordena el archivo de las actuaciones procesales llevadas a cabo por ambas partes por motivo del superior recurso”, dice la resolución del tribunal de apelación leída por su secretario.
La audiencia inició a pasadas las 11:30 de la mañana, pero apenas comenzó la representante del Ministerio Público objetó el conocimiento del recurso de apelación al presentar una certificación de revisión de la medida de coerción, para a seguida solicitar la inadmisibilidad del recurso de apelación, petición a la que se adhirieron de manera plena los abogados de la parte civil, tanto el que representa a la familia del hoy occiso coronel Suárez Cordero como el representante del coronel Julio Justino Rodríguez, supuesta víctima.
La barra de la defensa, constituida por los abogados Tomás Castro, Adonay Encarnación Guillandeaux, Víctor Romano y Harol Echevarrías, evocó las violaciones a su defendido, el joven Gutiérrez Medina, de su derecho de defensa, a ser notificado de las audiencias y a estar debidamente representado.
Castro sostuvo que no fue enterado de la revisión llevada a cabo por el 6to. Jugado de la Instrucción del Distrito Nacional y que la misma fue puramente administrativa, por lo que no fue posible presentar un nuevo presupuesto que apoyara la posibilidad de variación de la medida, aduciendo que se trataba de una “táctica dilatoria”, la que habían advertido de manera anticipada al tribunal en audiencias anteriores.
“A nosotros esta decisión a nosotros no nos sorprende, porque estamos envueltos en terrorismo procesal y los ministerios públicos se comportan peor que la Policía Nacional en sus métodos”, expresó el Dr. Tomás Castro dirigiéndose a los magistrados. Acto seguido afirmó: “La Fiscal del Distrito Nacional, Jenni Berenice Reinoso es la que ha urdido toda esta trama”.
Recordó que el 30 de abril apareció titulado en diversos medios de comunicación escritos: “Fiscal del Distrito Nacional critica manejo de la Policía Nacional en caso UASD”.
El Dr. Castro leyó la publicación que dio a conocer que Berenice Reynoso, en su cuenta de twitter, vertió críticas a la forma en que la Policía Nacional había manejado la investigación de la muerte de un coronel Suárez, en la que manifestó además que “la investigación y el manejo de los casos en la Fiscalía que dirige cambiarán”.
“Pero con esa misma solicitó medida de coerción y prisión preventiva cumpliendo con el Gigante de Rodas: un pie en un lado y un pie en el otro. Mientras critica la actuación de la Policía usa la misma investigación policial, defectuosa, truculenta, arbitraria, para solicitar medida de coerción”, dijo Castro al criticar lo que consideró incoherencias de la fiscal Berenice Reynoso.
El recurso de apelación incoado por los abogados de la defensa de Gutiérrez Medina en el mes de mayo en la Segunda Sala de Audiencias de Corte de Apelación del Distrito Nacional, sufriendo cinco reenvíos, todos provocados por la parte civil y el Ministerio Público.
Entre las situaciones planteadas por la fiscal actuante para aplazar consecutivamente la audiencia de apelación se citó la no comparecencia de las supuestas víctimas, miembros de la Policía Nacional; la inasistencia en otra oportunidad de uno del abogado de una de las supuestas víctimas; por la presentación de un testigo plateado por la defensa, que la fiscalía alegó desconocimiento, pese a que la defensa evidenció que se trataba del mismo que utilizado por el Ministerio Público para sustentar el pedido medida de coerción que pesa sobre el imputado; mientras que el pasado 24 de julio fue de nuevo postergada la vista judicial por el no traslado del prevenido.
Tras escuchar la petición del Ministerio Público de la existencia de una resolución de otra instancia, el Dr. Tomás Castro arguyó lo siguiente: “Yo no me explico, si nadie le ha solicitado la revisión obligatoria a esta juez que conozca una revisión obligatoria; si no lo citó en La Victoria para que estuviera presente; no nos citó a nosotros para que fuéramos a exponer; ,cómo se le ocurre dictar una resolución de manera administrativa diciendo que prorroga la prisión de Diógenes Gutiérrez, no obstante que había una apelación?”.
“¡Oh y la apelación! Entonces nos jodimos en este país”, exclamó el Dr. Castro, y añadió: “Porque si la Fiscalía va a seguir maniobrando con casos parecidos, en esta corte o cualquier otra, ‘ya conocimos una revisión’, pero en qué condiciones; ¿y el derecho constitucional a la defensa?, ¿Lo van a vulnerar así olímpicamente?, eso sería monstruoso”, insistió Castro.
El día de hoy trascendió que los abogados de la defensa acudieron al 6to. Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional en busca de la Resolución No. 337-2013 que supuestamente ratificó la medida de coerción contra Diógenes Gutiérrez, pero la secretaria le comunicó que la misma no existía y que debía esperar en quince días, que la Fiscal del Distrito Nacional, Jenni Berenice Reinoso, quien se encuentra fuera del país, regresara, se reintegrara a sus labores, revisara y firmara el referido documento.
De su parte, el Lic. Encarnación Guillandeaux, abogado de la defensa del dirigente estudiantil, señaló a los jueces que la revisión a la medida de coerción que pesa sobre su defendido fue renovada por tres meses más el pasado 24 de julio, precisamente el día que le correspondía estar en la audiencia de apelación y que Gutiérrez Medina no fue trasladado a ninguna de as dos, “violentando su derecho a la defensa.”
Los abogados de la defensa concluyeron reclamando la continuidad del proceso de apelación, alegando que el doble grado de jurisdicción es constitucional y el artículo primero de la Normativa, que establece que todas las convenciones internacionales o tratados internacionales que nuestro país sea signatario se convierten dentro del bloque de constitucionalidad, tras citar el “Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos” y la “Convención Americana de los Derechos Humanos” sobre la garantía que debe haber sobre la doble instancia.
Diógenes Gutiérrez, vocero del Frente Estudiantil de Liberación Amín Abel (FELABEL), se encuentra recluido en el penal de La Victoria desde hace tres meses y diez días, junto a Wilson DalcierJavier, Héctor Eduardo Pichardo y Víctor González, todos miembros de dicho grupo estudiantil, acusados de presunta participación en el asesinato de Julián Suárez Cordero, coronel de la Policía Nacional, acusación que hasta ahora el Ministerio Público no ha podido fundamentar en los tribunales.
La audiencia estuvieron presentes familiares del extinto coronel Suárez Cordero, así como del joven estudiante Gutiérrez Medina, además de numerosos amigos y compañeros, siendo notable la presencia de Jorge Puello (El Men), líder histórico del MPD, quien acudió a la vista en apoyo al dirigente del FELABEL.
Al concluir la vista, luego de que el secretario del tribunal leyera la resolución adoptada a unanimidad por los jueces, el juez presidente de la Segunda Sala, el magistrado Pedro Sánchez, deploró la prolongación del proceso y censuró que cosas como esa sucedan hasta llegar a impedir la conclusión de un proceso llevado a cabo, al tiempo que llamó a las autoridades administrativa a evitar que cosa como esa sucedan.
“Bien, esta ha sido la decisión. Una actitud que el presidente de esta sala censura es el hecho de que un proceso se pueda prolongar hasta que culmine o llegue el plazo donde se debe de conocer una medida de revisión, pudiendo las autoridades administrativas evitar que cosas como esta sucedan. Pero la Corte está obviamente ligada al sistema procesal y junto a él se concibe.”, concluyó el magistrado Pedro Sánchez.