Tras una agotadora audiencia de 13 horas el Pleno de la Suprema Corte de Justicia rechazó desde la tarde de ayer hasta la madrugada de hoy cuatro incidentes presentados por la defensa de los seis imputados de los sobornos que repartió Odebrecht para obtener adjudicación de obras, en la primera audiencia de fondo que inició a las 3:00 de la tarde de ayer y concluyó a las 4:00 de la madrugada de hoy.
Al rechazar los incidentes la audiencia, compuesta por unos 15 jueces de la SCJ, aplazó la continuidad del juicio de fondo para el próximo martes 17 de este mes a las 3:00 de la tarde.
El primer incidente rechazado por improcedente e infundado fue presentado por la defensa de Conrado Pittaluga Arzeno, que planteaba que el Pleno de esa Alta Corte debió estar constituido por 17 jueces y no por 15, lo que presuntamente violaría su ley orgánica 25-91 modificada por la Ley 156-97.
La decisión fue tomada a unanimidad por los 15 jueces que constituyen el Pleno de la SCJ, facultado para conocer en única instancia el caso Odebrecht.
También rechazó declarar la nulidad del fallo tomado como solicitaron las defensas técnicas de los encartados Tommy Galán, Víctor Díaz Rúa, Juan Roberto Rodríguez Hernández, Porfirio Andrés Bautista García y Ángel Rondón Rijo, mediante recursos de oposición fundamentados en alegadas violaciones al debido proceso.
La SCJ se acogió al artículo 152 de la Constitución sobre la integración de esa alta corte, que establece que estará integrada por no menos de 16 jueces y podrá reunirse, deliberar y fallar válidamente con el quórum que establece la ley, que en ese caso según la normativa 156-97, en su artículo 1, párrafo uno, es de 12 magistrados.
Los magistrados Francisco Ortega Polanco y Nancy Salcedo están inhabilitados para conocer el caso Odebrecht porque el primero conoció la etapa preliminar y la segunda es integrante del Consejo del Poder Judicial en representación de los jueces de la SCJ.
También fue rechazado un segundo incidente del acusado Pittaluga, en el que pedía suspender la audiencia y reponer los plazos para que la Secretaría General de la Suprema Corte de Justicia le notifique a todas las partes los escritos de incidentes y excepciones de todos los imputados.
A ese pedimento se adhirieron los demás encartados, quienes además solicitaron que les sea notificado el orden de la prueba.
Respecto a la notificación del orden de la prueba el Pleno afirmó que las mismas deben ser oralizadas en el juicio y que las partes en el proceso tienen conocimiento de estas desde que se agotó la etapa preliminar.
Tras la continuidad de la audiencia el mismo imputado elevó un recurso de oposición, con el cual buscaba revocar la decisión tomada por el Pleno a unanimidad sobre ese incidente, al cual se adhirieron los demás imputados, pero también fue rechazado.
Los recursos de oposición fueron rechazados por el Pleno de la SCJ por considerar que no aportaron ningún elemento novedoso que motivara retractarse de su decisión.