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Superintendencia de Seguros implementa sistema de control interno para fortalecer la ética y la transparencia institucional

Redacción por Redacción
23/10/2024
en Nacionales
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Santo Domingo. – La Superintendencia de Seguros firmó el compromiso con el control interno y la aplicación de las Normas Básicas de Control Interno (NOBACI), garantizando que la institución opere con transparencia, eficiencia y bajo un marco legal adecuado, contribuyendo a la correcta gestión de los recursos públicos y fortaleciendo la confianza de los ciudadanos en la institución.

La firma se llevó a cabo durante un encuentro con asesores de la Contraloría General de la República (CGR), quienes expusieron algunos puntos fundamentales de esta herramienta emanada de la Constitución de la República Dominicana y la Ley 10-07 para el establecimiento y desarrollo de un control moderno y eficaz en los organismos públicos.

El cuerpo directivo de la Superintendencia de Seguros, encabezado por el superintendente Julio César Valentín Jiminián, manifestaron su voluntad de ceñirse al marco técnico y normativo del Sistema Nacional de Control Interno para la implementación y cumplimiento de dichas disposiciones regulatorias.

“La implementación de un efectivo y eficiente sistema de control a nivel institucional se debe traducir en el logro de los objetivos misionales, con un manejo de riesgos administrados y controlados, con la práctica fundamental de sólidos principios éticos y del comportamiento íntegro de sus funcionarios”, expresa el documento firmado por la directiva.

Esto se logrará a través de la consideración de las NOBACI dentro de los planes de trabajo, su adecuación para la elaboración de procedimientos y políticas específicas y la socialización de las mismas con el personal que allí labora.

Colaboración conjunta para alcanzar objetivos

Uno de los aspectos tratados por Lissette Greer Candelario y Juan Francisco Lora, ambos asesores de la Contraloría, asignados a la Superintendencia de Seguros desde algunos meses, fue la importancia del compromiso de control interno por parte de la Máxima Autoridad, la alta gerencia de la Superintendencia y de todos los colaboradores de la institución, quienes deben actuar de manera conjunta y colaborativa -como “un engranaje”- para alcanzar los objetivos deseados.

“Así como se necesita de una buena zapata para la construcción de una obra sólida y de calidad, el cumplimiento de las NOBACI es esencial para lograr los objetivos de efectividad, eficiencia y economía operacional, protección de activos, confiabilidad de la información, responsabilidad, transparencia, legalidad, protección del ambiente y rendición de cuentas de la gestión institucional”, recalcó Greer.

También se refirieron a la base legal del control interno, objetivos y responsables, normas de primer y segundo grado, así como los componentes fundamentales de las NOBACI: ambiente de control, valoración y administración de riesgos, actividades de control, información y comunicación, monitoreo y evaluación.

Por su parte, Juan Francisco Lora, explicó el procedimiento para la emisión de informes de avance en la implementación de las NOBACI, los cuales deben ser cargados en el Sistema Diagnóstico de la Contraloría.

“Estamos seguros de que con esta nueva gestión vamos a aumentar los indicadores de avance de la Superintendencia. Para ello, es un compromiso de cada uno de los encargados departamentales, especialmente de aquellos de las áreas neurálgicas, implantar las normas, ponerlas en funcionamiento y remitir los informes de manera precisa y oportuna, siguiendo los canales correctos y en los tiempos establecidos”, señaló.

Dirección de Comunicaciones
Superintendencia de Seguros de la República Dominicana
Martes 22 de octubre del 2024

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El Senado de la República decidió eliminar del Proyecto de Ley Orgánica que modifica la Ley 16-92, que aprueba un nuevo Código de Trabajo, la disposición el pago obligatorio de los consumidores del 10% de la propina los pedidos que hacen los clientes en el país a través de las plataformas digitales. Durante la segunda lectura del proyecto de ley, los senadores aprobaron la solicitud presentada por Alexis Victoria Yeb, que solicita volver a la posición anterior sobre el tema de las propinas, para que “solamente sea incluido el 10 por ciento de la propina legal en los establecimientos de expendio de bebidas y comida”. En su aprobación en primera lectura, el nuevo código de trabajo contemplaba en su artículo 228 que sería de carácter “obligatorio para el empleador agregar un 10% de propina en las cuentas o facturas de los clientes, sin distinción del canal de venta utilizado, a fin de ser distribuido íntegramente entre los trabajadores, con excepción de aquellos que pertenecen al área administrativa”. La disposición fue inmediatamente rechazada por varios sectores de la población, principalmente los consumidores, quienes indicaron que tendrían que restringir el uso de las plataformas en caso de que esa moción se encuentre en la nueva legislación cuando sea promulgada por el Poder Ejecutivo. Otras modificaciones Los senadores decidieron dejar sobre la mesa el conocimiento en segunda lectura de la reforma laboral en búsqueda de incorporar las modificaciones propuestas por varios de los legisladores. Además de la solicitud de Victoria Yeb, fue aprobada la modificación que presentó el senador por la provincia La Altagracia, Rafael Barón Duluc, modificando el artículo 420 que indica que el Ministerio de Trabajo es el órgano del Poder Ejecutivo encargado de la formulación y ejecución de las políticas laborales y tiene por finalidad promover la formalidad y el empleo decente, regular las relaciones laborales, garantizar la seguridad y la salud en el trabajo, y velar por el cumplimiento de la legislación laboral y de seguridad social. El mismo artículo destaca las atribuciones del ministerio son formular y ejecutar políticas y programas relacionados con el empleo y la formación profesional; fomentar el diálogo social entre trabajadores, empleadores y el Gobierno; supervisar el cumplimiento de las normas laborales y de seguridad social; administrar el sistema de inspección laboral y de la seguridad social. En tanto que el artículo 421 refiere que el ministro de Trabajo es la máxima autoridad del Ministerio de Trabajo, responsable de la formulación, dirección, ejecución y supervisión de las políticas laborales y de empleo. Tendrá bajo su dirección los viceministerios y demás dependencias del ministerio. El conocimiento del nuevo Código Laboral continuará en la próxima sesión de la Cámara Alta, pautada para las 10 de la mañana del próximo jueves.

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