La Cámara de Diputados está apoderada del proyecto de ley sobre Símbolos Patrios de la República Dominicana, una pieza que sanciona a quien haga mal uso de la Bandera, el Escudo o el Himno Nacional.
El proyecto, de la autoría de los legisladores Manuel Paula, Eddy Mateo Vásquez y Juan Orlando Mercedes, fue aprobado en el Senado, en octubre pasado, y remitido a la Cámara de Diputados, que lo envió a una comisión.
Este proyecto propone sustituir la ley vigente, que data de 1943. Según la Constitución de la República, los símbolos patrios son la Bandera, el Escudo y el Himno Nacional. Dentro de las reglamentaciones establecidas en el proyecto están que toda bandera nacional deteriorada, rota, descolorida o en mal estado debe ser incinerada, observando para ello solemnidad y respeto. También que queda prohibido cortar en pedazos, destruir, echar en la basura o en cualquier otro modo disponer de la Bandera Nacional. La Bandera Nacional será enhestada diariamente, desde la salida hasta la puesta del sol, los días laborables.
Uso del Escudo
El Escudo Nacional se utiliza en: las partes frontales de todas las oficinas públicas, organismos descentralizados, cortes, tribunales, juzgados y demás dependencias judiciales, fortalezas, campamentos, destacamentos y demás dependencias de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, y en todo otro documento oficial.
Canto del Himno Nacional
El Himno será tocado al inicio y final de todo acto ceremonial y en cualquier otro acto que las autoridades estimen apropiado por su solemnidad. En jornadas escolares, patrióticas y otras donde se toque o cante el Himno se hará con toda solemnidad y el debido respeto.