La Segunda Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación de Santo Domingo declaró incompetencia de la jurisdicción de la provincia de Santo Domingo para conocer todo lo relativo a la muerte del abogado Yuniol Ramírez Ferreras.
El tribunal acogió la solicitud de incompetencia territorial para que el proceso por el asesinato del también catedrático universitario sea conocido en el Distrito Nacional.
Los abogados de la familia de Yuniol Ramírez aseguran que como el disparo que le quitó la vida a su pariente se produjo en la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD) y su deceso en el kilómetro 9 de la autopista Duarte, entonces el caso debería conocerse en la jurisdicción del Distrito Nacional.
La resolución del tribunal fue firmada por Sarah Altagracia Veras Almánzar, jueza en Funciones de Presidente; Wendy Altagracia Valdez, jueza y Danilo Amador Quevedo, juez.
Incompetencia
Luego de declarar la incompetencia de la provincia Santo Domingo, el tribunal remitió las actuaciones a la competencia del Distrito Nacional, específicamente ante el juez coordinador de los Juzgados de Instrucción, que en este caso es el magistrado José Alejandro Vargas.
El recurso de apelación fue incoado el 10 de noviembre del 2017, por los señores Roselin Ramírez Gómez, Ramón Ramírez Montero, Roberto Ramírez Montero, Raid Ramírez Pérez, Raymundo Ramírez Rosario, Rosfil Ramírez Ferreras a través de sus abogados.
El tribunal entendió que del recurso presentado se extraen indicios y circunstancias suficientes para establecer que la jurisdicción competente es el Distrito Nacional.