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Refidomsa niega enfáticamente supuesto refinado ilegal de petróleo venezolano

Redacción por Redacción
30/10/2024
en Nacionales
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La Refinería Dominicana de Petróleo (Refidomsa) ha establecido HOY su total desvinculación con cualquier entramado de procesamiento y trasiego irregular de combustible, y ha hecho hincapié en que sus operaciones se manejan con absoluta transparencia.

Al salir al paso a una versión periodística originada en España, el presidente de Refidomsa, doctor Leonardo Aguilera, recalcó que en lo referente a la empresa que dirige, es totalmente falso que a través de ella se haya manejado negocio petrolero de manera irregular.

Aguilera enfatizó que, si algún petróleo procedente de Venezuela llega a Europa, escapa a su conocimiento, pero es una absoluta falsedad que sea refinado en la República Dominicana.

Recordó que en el país Refidomsa es la única empresa que refina hidrocarburos “y lo hacemos adquiriendo el producto a través de los canales comerciales establecidos y de manera transparente”.

“Queremos reiterar lo que expusimos en una comparecencia en LA Semanal: en las gestiones del presidente Luis Abinader, la República Dominicana no ha recibido una sola gota de petróleo venezolano ni para consumo, refinación o reexportación; por consiguiente, ni directa ni indirectamente Refidomsa tiene nada que ver con esas supuestas operaciones”, afirmó.

Aguilera insistió en que desde hace 52 años, la refinación de petróleo en el país se realiza en Refidomsa, por lo que resulta una mentira la vinculación que se hace de la República Dominicana en la indicada nota periodística.

“Evidentemente, resulta una alusión aviesa que no resiste el más mínimo análisis, cuando hemos sido claros y precisos en el sentido de que nuestro país no recibe petróleo venezolano, ni directa ni indirectamente, desde hace siete años”, expuso Aguilera.

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El Senado de la República decidió eliminar del Proyecto de Ley Orgánica que modifica la Ley 16-92, que aprueba un nuevo Código de Trabajo, la disposición el pago obligatorio de los consumidores del 10% de la propina los pedidos que hacen los clientes en el país a través de las plataformas digitales. Durante la segunda lectura del proyecto de ley, los senadores aprobaron la solicitud presentada por Alexis Victoria Yeb, que solicita volver a la posición anterior sobre el tema de las propinas, para que “solamente sea incluido el 10 por ciento de la propina legal en los establecimientos de expendio de bebidas y comida”. En su aprobación en primera lectura, el nuevo código de trabajo contemplaba en su artículo 228 que sería de carácter “obligatorio para el empleador agregar un 10% de propina en las cuentas o facturas de los clientes, sin distinción del canal de venta utilizado, a fin de ser distribuido íntegramente entre los trabajadores, con excepción de aquellos que pertenecen al área administrativa”. La disposición fue inmediatamente rechazada por varios sectores de la población, principalmente los consumidores, quienes indicaron que tendrían que restringir el uso de las plataformas en caso de que esa moción se encuentre en la nueva legislación cuando sea promulgada por el Poder Ejecutivo. Otras modificaciones Los senadores decidieron dejar sobre la mesa el conocimiento en segunda lectura de la reforma laboral en búsqueda de incorporar las modificaciones propuestas por varios de los legisladores. Además de la solicitud de Victoria Yeb, fue aprobada la modificación que presentó el senador por la provincia La Altagracia, Rafael Barón Duluc, modificando el artículo 420 que indica que el Ministerio de Trabajo es el órgano del Poder Ejecutivo encargado de la formulación y ejecución de las políticas laborales y tiene por finalidad promover la formalidad y el empleo decente, regular las relaciones laborales, garantizar la seguridad y la salud en el trabajo, y velar por el cumplimiento de la legislación laboral y de seguridad social. El mismo artículo destaca las atribuciones del ministerio son formular y ejecutar políticas y programas relacionados con el empleo y la formación profesional; fomentar el diálogo social entre trabajadores, empleadores y el Gobierno; supervisar el cumplimiento de las normas laborales y de seguridad social; administrar el sistema de inspección laboral y de la seguridad social. En tanto que el artículo 421 refiere que el ministro de Trabajo es la máxima autoridad del Ministerio de Trabajo, responsable de la formulación, dirección, ejecución y supervisión de las políticas laborales y de empleo. Tendrá bajo su dirección los viceministerios y demás dependencias del ministerio. El conocimiento del nuevo Código Laboral continuará en la próxima sesión de la Cámara Alta, pautada para las 10 de la mañana del próximo jueves.

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