Tras decretar un toque de queda diferenciado en el país, el presidente Danilo Medina también señaló a quiénes les estará permitido transitar durante esta restricción.
El artículo 4 del decreto 266-20, que establece el toque de queda, indica que podrán circular el personal de salud como médicos, enfermeros, bionalistas, personal paramédico y famacéutivo.
De igual forma, las personas con alguna emergencia médica que necesiten dirigirse a algún centro de salud o farmacia.
Además, las dedicadas a labores de seguridad privada debidamente identificadas; los miembros de la prensa y demás medios de comunicación debidamente acreditados.