La comisión bicameral a cargo de revisar la Ley 87-01 que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social recomendó reformar 45 artículos en los que plantea importantes cambios a la legislación, con la inclusión de penalidades, diferentes opciones para la jubilación y del retiro de los fondos de pensiones.
El informe, que fue aprobado por la comisión integrada por diputados y senadores, está pendiente de ser conocido en la Cámara de Diputados.
La propuesta establece que serían reducidos a penas de 3 a 5 años de cárcel, sin menoscabo de demandas civiles en contra de sus patrimonios, las autoridades que no acaten las disposiciones al cambiar, limitar o denegar la ley.
Igualmente serían reducidos a esa misma penalidad, los funcionarios que teniendo conflictos de intereses se juramenten y se mantengan desempeñando cargos públicos de la seguridad social.
Además, aquellos que cabildeen decisiones y promuevan negocios al momento de la toma de decisiones al interior del sistema de seguridad social, así como contra los funcionarios cuyas decisiones afecten los derechos consagrados en la legislación.
La propuesta de los legisladores contempla la pensión por vejez, a fin de otorgar protección del pensionado y de sus sobrevivientes, se aplicaría en atención a la siguiente escala:
- Haber cotizado 20 años y cumplido 55 años de edad, correspondiéndole una tasa de reemplazo de 70% del promedio de los últimos 12 salarios.
- Haber cotizado 20 años y cumplido 60 años de edad, correspondiéndole una tasa de reemplazo de 75% del promedio de los últimos 12 salarios.
- Haber cotizado durante 25 años y cumplido 60 de edad, correspondiéndole una tasa de reemplazo de 80% del promedio de los últimos 12 salarios.
- Haber cotizado durante 30 años y 60 años de edad, con un noventa por ciento (90%) del promedio de los últimos 12 salarios;
- Haber cotizado al sistema durante 35 años, sin importar la edad, en cuyo caso la tasa de reemplazo será de un cien por ciento (100%) del promedio de los últimos 12 salarios.
No obstante, hace hincapié en que los afiliados que hayan cotizados 20 años en servicio, sin importar la edad podrán optar por una jubilación con el 60% de promedio de los últimos 12 salarios devengados. Precisa que, en ningún caso, la tasa de retorno de la pensión por vejez será menor del 60% del salario promedio de los últimos 12 salarios.
Asimismo, la moción fija en veinte salarios mínimos nacionales del sector público el tope para el cálculo de las pensiones y el pago del beneficio de pensión.
Discapacidad y sobrevivencia
En los casos de afiliados con discapacidad total permanente, los congresistas recomendaron que la pensión debe ser de carácter vitalicio.
“Estas personas, deberán demostrar que no están laborando en empresa alguna y certificar, en el caso de estar afectados de alguna enfermedad o discapacidad que les impida trabajar”, refiere la propuesta.
La pensión por discapacidad total equivaldrá al 75 % del salario base y en los casos de discapacidad parcial corresponderá al 50 %, siempre que no afecte la capacidad económica de producción del afiliado.