La Procuraduría de la Salud concluyó que en los centros sanitarios Regional Aguasvivas, en Peravia, y Cedimat, en el Distrito Nacional, no se produjeron faltas de tipo penal en el caso del excombatiente Claudio Caamaño, que murió el pasado 22 de marzo por complicaciones luego de un accidente de tránsito.
Los resultados de la investigación, fechados el pasado 20 de julio, explican que en el Centro Médico Regional Aguasvivas, donde fue atendido por primera vez Caamaño, se le ofrecieron los primeros auxilios con toma de presión arterial, chequeo de signos vitales y radiografía, además de ser visto por un médico ortopeda y un cirujano general.
La familia de don Claudio Caamaño denunció que su pariente murió por las largas horas de espera a que fue sometido luego del accidente de tránsito en la comunidad Pizarrete, en Peravia. “Indignación por la forma absurda e innecesaria en que murió, que nunca debió ocurrir de haber recibido las atenciones médicas oportunas y de calidad que él y cualquier otra persona merecía”, escribió su hijo Claudio en la ocasión.
Anunciaron, además, que demandarían a los centros médicos que le negaron los servicios de salud a su pariente.
Los resultados de la investigación del Ministerio Público, a la firma del procurador Rafael Brito Peña, señalan que nunca fue recibida la opinión conjunta de tres peritos que “fueron designados de conformidad con la ley”, seleccionados de un listado que les suministrara el Colegio Médico Dominicano.
Brito Peña dijo ayer vía telefónica a LISTÍN DIARIO que si fuese por el trío de especialistas “nunca se hubiese resuelto ese caso”. Explicó que se auxiliaron de otros expertos y técnicos del área de salud, además de las entrevistas al personal que atendió a Claudio.
El informe dice que los especialistas que vieron a Caamaño en Peravia recomendaron su traslado a un centro de mayor nivel, y por ello fue transferido a la capital “de manera estable y consciente”.
El informe de dos páginas reconoce en el caso de Cedimat, que el paciente nunca fue desmontado de la ambulancia que lo trasladó desde Peravia, donde permaneció por cerca de 40 minutos “por falta de espacio en la sala de emergencia y disponibilidad de camas en la sala de cuidados intensivos”.
“En contra del Centro Médico Regional Aguasvivas y Cedimat, la Procuraduría en Crímenes y Delitos contra la Salud, no encontró evidencias suficientes para retener responsabilidad penal, basada en violación al artículo 28 acápite B de la Ley General de Salud ni el artículo 319 del Código Penal”, concluye.