Santiago.- La Procuraduría General de la Corte de Apelación de Santiago, dirigida por la Magistrada Vielka Calderón, obtuvo un importante precedente judicial en su lucha contra la criminalidad al lograr que la Corte de Apelación anulara una decisión del Juez de la Ejecución de la Penal que favorecía a un recluso condenado con un permiso de salida de la cárcel.
El otorgamiento de estos permisos de salida por el Juez de la Ejecución de la Pena son, a todas luces, irregulares, puesto que la ley No. 224 de 1984 que le sirve de sustento, de manera literal y expresa supedita su aplicación a un Reglamento del Poder Ejecutivo, que a la fecha no ha sido dictado, amparándose el Juez de la Ejecución en un manual de gestión penitenciaria, que no es más que una guía de trabajo y que, en modo alguno, sustituye la ley.
La Corte de Apelación, mediante Sentencia No. 0142 del 19 de febrero de 2013, que acogió el recurso de apelación de la Magistrado Calderón, también determinó que las atribuciones del Juez de Ejecución de la Pena están delimitadas en el Código Procesal Penal, y entre las mismas no se encuentra el otorgamiento de dichos permisos, por lo que dicha decisión es carente de base legal.
La Procuraduría de La Corte de Apelación de Santiago se mantendrá vigilante de estas decisiones a fin de que los reclusos condenados de manera irrevocable cumplan las sanciones impuestas y que la justicia no sea burlada.