SANTO DOMINGO. El presidente Danilo Medina, mediante el decreto 407-17, promulgó este jueves el reglamento para la aplicación de la Ley 155-17 Contra el Lavado de Activos, el Financiamiento del Terrorismo y la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva.
El decreto considera que en materia de congelamiento de activos del artículo 49 de la Ley número 267-08, el Ministerio Público podrá instruir a las instituciones financieras para que impidan por un plazo de hasta setenta y dos horas, la realización de operaciones que incurren a personas físicas o jurídicas de las cuales los delitos cuya prevención procura esta ley.
Considera también que mediante la convención para prevenir y sancionar los actos de terrorismo configurado en delitos contra las personas y al extorsión conexa cuando estos tengan trascendencia internacional.
El decreto describe el protocolo a seguir sobre el congelamiento de bienes y activos a solicitud del Consejo de la Seguridad de las Naciones Unidas.
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