El Poder Ejecutivo considera que es el Tribunal Constitucional, el cual ya está apoderado, el que debe decidir sobre la legalidad o no de uno de los considerandos del artículo 85 del Proyecto de Modificación del Código Procesal Penal, que permite a los ciudadanos presentar querellas contra los funcionarios públicos.
En tal sentido devolvió al Congreso Nacional, vía el Senado de la República, el proyecto observado en donde pide que no elimine el párrafo tercero del artículo 85 de la ley, en donde se establece que todos los ciudadanos pueden presentar querella contra los funcionarios públicos por delitos cometidos por estos durante el ejercicio de sus funciones, así como en los casos de vulneración a derechos humanos.
En segundo término, el Poder Ejecutivo expresó su preocupación de que se mantenga la redacción del penúltimo párrafo del artículo en cuestión, que limita la posibilidad de querellarse de las entidades del sector público.
“Experiencias en grandes e importantes procesos han revelado la necesidad de que esto sea revisado y que se contemple la posibilidad de que estas entidades puedan participar en calidad de querellantes. Por lo anterior nos permitimos sugerir que este texto sea corregido en ese sentido”, dice el documento enviado por el Ejecutivo con las observaciones al Proyecto de Ley que modifica varios artículos de la Ley 76-02, que establece el Código Procesal Penal.