Santo Domingo, RD.- El presidente de la República, Luis Abinader Corona, anunció este sábado, a través de su cuenta de Twitter, que se ha logrado un consenso para aprobar el proyecto sobre incentivos al desarrollo fronterizo (antigua Ley 28-01).
El Mandatario, también, reveló que la iniciativa será presentada el miércoles 10 de febrero, en la Cámara de Diputados.
“¡Con respeto y sentido democrático se puede avanzar!”, concluyó su publicación, la cual fue hecha a las 9:05 de la noche, desde su teléfono personal.
Además del presidente Abinader, estuvieron en la reunión Eduardo Estrella, presidente del Senado; Alfredo Pacheco, presidente de la Cámara de Diputados; Faride Raful y José-Bertico-Santana, presidentes de las Comisiones de Hacienda del Senado y la Cámara de Diputados, entre otros legisladores de las provincias fronterizas.
Desde la semana pasada se habían escenificado acalorados debates entre diputados y senadores, especialmente entre Pacheco y Raful, ya que el primero de febrero venció el período de vigencia de la Ley 28-01, que empezó a aplicarse el 01 de febrero del año 2000.
Y no fue para menos, ya que las empresas que operan al amparo de la Ley 28-0, que creó una Zona Especial de Desarrollo Fronterizo, que abarcó las provincias Pedernales, Independencia, Elías Piña, Dajabón, Montecristi, Santiago Rodríguez y Bahoruco, quedaron desprotegidas, desde esta semana.
Pacheco había dicho que la senadora por el Distrito Nacional, Faride Raful, había querido imponer su cabeza por encima de todo el mundo, en el tema de la Ley -28-01 sobre Régimen Fronterizo.
“Fue creada una Comisión Bicameral, pero la emperadora, dueña de la comisión hizo lo que le dio la gana”. El problema vino cuando, unilateralmente, senadora, conjuntamente con algunos senadores, ha querido imponer su criterio, por encima de la cabeza de todo el mundo, detalló el presidente de la Cámara de Diputados.
De su lado, la senadora Faride Raful respondió a Pacheco diciendo que en la Comisión Bicameral, que consensuó el proyecto de modificación de la Ley 28-01, estaban presentes más diputados que senadores, y que de eso hay constancia en los videos de la sesión, que se grabaron como todas las sesiones de las comisiones.
“No es nada subrepticio, la Comisión Bicameral fue formada el miércoles por la Cámara de Diputados, en la sesión del viernes. Al unísono, todos los senadores y senadoras votaron a favor de rechazar el informe de la Cámara de Diputados y que permaneciera en el Senado de la República; eso fue todo lo que aconteció y lo que quedaría en este momento es que la Cámara (de Diputados) conozca, rechace o acepte, también, lo que decidió el Senado de la República, y nos aboquemos a una reforma integral, como se hizo el compromiso, ahora en la Comisión Bicameral”, agregó Raful.
QUÉ DICE LA LEY NO. 28-01 (YA CADUCÓ):
“ARTÍCULO 1. Se crea una Zona Especial de Desarrollo Fronterizo, que abarca las provincias de Pedernales, Independencia, Elías Piña, Dajabón, Montecristi, Santiago Rodríguez y Bahoruco.
ARTÍCULO 2. Las empresas industriales, agroindustriales, agropecuarias, metalmecánica, de zona franca, turísticas, metalúrgicas y energéticas, así como todo tipo de
empresas permitidas por las leyes dominicanas, que existen a la fecha de promulgación de la presente ley, y las que se instalen en el futuro dentro de los límites de cualquiera de las provincias señaladas en el artículo uno (1) de esta ley, disfrutarán de las facilidades y exenciones que se indican en el párrafo siguiente.
PÁRRAFO. Las empresas industriales, agroindustriales, agropecuarias, metalmecánica, de zonas francas, turísticas, metalúrgicas y energéticas, y de todo tipo de empresas permitidas por las leyes dominicanas establecidas y que se establezcan en el futuro, que operen dentro de los límites de las provincias de Pedernales, Independencia, Elías Piña, Dajabón, Montecristi, Santiago Rodríguez y Bahoruco, disfrutarán de una exención de un cien por ciento (100%) del pago de
impuestos internos, de aranceles aduaneros sobre materias primas, equipos y maquinarias, así como cualquier tipo de impuesto, durante un período de veinte (20) años. Se les otorga, además, un cincuenta por ciento (50%) en el pago de libertad de tránsito y uso de puertos y aeropuertos.
ARTÍCULO 3. Se fija para las empresas instaladas y a instalarse en las provincias señaladas una reducción del cincuenta por ciento (50%) de cualquier otro impuesto, tasa o contribución vigente a la fecha o que se establezcan en el futuro, mientras estén vigentes los veinte (20) años de las exenciones contempladas en esta ley para las provincias indicadas en el párrafo del Artículo dos (2).
ARTÍCULO 4. Salvo las exenciones arancelarias, que serán efectivas desde la
promulgación de esta ley, los plazos de las exenciones y facilidades indicadas en el artículo dos (2) que se otorguen, comenzarán a correr desde la fecha en que haya fijado sus instalaciones e iniciado sus operaciones, cada empresa dentro del área de la provincia señalada, y se computarán los períodos completos a cada empresa en la forma que se indica en el artículo siguiente”.