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El Senado de la República decidió eliminar del Proyecto de Ley Orgánica que modifica la Ley 16-92, que aprueba un nuevo Código de Trabajo, la disposición el pago obligatorio de los consumidores del 10% de la propina los pedidos que hacen los clientes en el país a través de las plataformas digitales. Durante la segunda lectura del proyecto de ley, los senadores aprobaron la solicitud presentada por Alexis Victoria Yeb, que solicita volver a la posición anterior sobre el tema de las propinas, para que “solamente sea incluido el 10 por ciento de la propina legal en los establecimientos de expendio de bebidas y comida”. En su aprobación en primera lectura, el nuevo código de trabajo contemplaba en su artículo 228 que sería de carácter “obligatorio para el empleador agregar un 10% de propina en las cuentas o facturas de los clientes, sin distinción del canal de venta utilizado, a fin de ser distribuido íntegramente entre los trabajadores, con excepción de aquellos que pertenecen al área administrativa”. La disposición fue inmediatamente rechazada por varios sectores de la población, principalmente los consumidores, quienes indicaron que tendrían que restringir el uso de las plataformas en caso de que esa moción se encuentre en la nueva legislación cuando sea promulgada por el Poder Ejecutivo. Otras modificaciones Los senadores decidieron dejar sobre la mesa el conocimiento en segunda lectura de la reforma laboral en búsqueda de incorporar las modificaciones propuestas por varios de los legisladores. Además de la solicitud de Victoria Yeb, fue aprobada la modificación que presentó el senador por la provincia La Altagracia, Rafael Barón Duluc, modificando el artículo 420 que indica que el Ministerio de Trabajo es el órgano del Poder Ejecutivo encargado de la formulación y ejecución de las políticas laborales y tiene por finalidad promover la formalidad y el empleo decente, regular las relaciones laborales, garantizar la seguridad y la salud en el trabajo, y velar por el cumplimiento de la legislación laboral y de seguridad social. El mismo artículo destaca las atribuciones del ministerio son formular y ejecutar políticas y programas relacionados con el empleo y la formación profesional; fomentar el diálogo social entre trabajadores, empleadores y el Gobierno; supervisar el cumplimiento de las normas laborales y de seguridad social; administrar el sistema de inspección laboral y de la seguridad social. En tanto que el artículo 421 refiere que el ministro de Trabajo es la máxima autoridad del Ministerio de Trabajo, responsable de la formulación, dirección, ejecución y supervisión de las políticas laborales y de empleo. Tendrá bajo su dirección los viceministerios y demás dependencias del ministerio. El conocimiento del nuevo Código Laboral continuará en la próxima sesión de la Cámara Alta, pautada para las 10 de la mañana del próximo jueves.

El mercado mundial amaneció hoy marcando una fuerte cobertura del capital de los inversores que huyen de la desaceleración del dólar y a los efectos de la incertidumbre geopolítica para preservar su patrimonio.

Redacción por Redacción
08/10/2025
en Nacionales
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El mercado mundial de los metales amaneció este miércoles con un valor nunca visto en la onza troy del oro. El metal dorado alcanzó esta media tarde los US$4,009.90 por onza troy en los contratos a futuro, a diciembre de este año, mientras se proyecta que la tendencia elevará el precio entre US$4,250 y US$4,280 dentro de un año.

El oro se considera un metal refugio de los inversionistas que cubren sus capitales en momentos de incertidumbre, crisis económicas o factores geopolíticos de envergadura.

Según analistas del mercado internacional, el momento actual evidencia una “desdolarización”, es decir, un dólar debilitado propiciado por economías emergentes.

Inversoro.es publicó hoy un valor de $3,370.60 euros la onza troy. Investing.com marcó US$4,007.10 y Bloomberg en Línea US$4,009.10 para contratos de diciembre 2025, cuya alza atribuye al contexto político y a debilidad de la moneda estadounidense.

Indica que es el más alto rendimiento en un año, desde 1979, según datos del World Gold Council y que se trata de una transformación estructural en el mercado, “alimentado por flujos persistentes en inversión institucional y una creciente desconfianza frete a los activos en dólares”.

El Wold Gold Council evalúa escenarios de precios futuros y se puede visualizar a través de su portal gold.org.

En el país, el economista Henri Hebrard, publicó el 6 de este octubre en su cuenta de X que el precio del oro sigue indetenible y se acercaba a astronómico nivel de US$4,000/onza. Cierra hoy lunes con otra muy fuerte alza alcanzando nuevo récord histórico: +1.73% a US$3,976.30 Y gracias a eso se encuentra ahora +US$1,338.22 y +50.7% arriba de hace un año atrás (US$2,638.08). Cita que el promedio de las últimas 52 semanas establece nuevo récord al superar el récord anterior del pasado viernes (US$3,092.59): ahora en US$3,093.86, publicó.

El Gobierno dominicano obtendrá ingresos extraordinarios por el metal dorado que ya ha impulsado el valor de las exportaciones de la actividad minera del país.

El país es un gran exportador de oro y existen yacimientos que se encuentran en el proceso de aprobación de los estudios medioambientales para su explotación, como es el caso de Romero, en San Juan.

Para este año 2025 se pueden anticipar niveles de recaudaciones muy superiores cuando se tenga el impacto completo a nivel de Impuesto sobre la Renta (ISR) y de Participación Neta a las Utilidades (PUN).

El Gobierno dominicano contempló en el presupuesto anual 2025 ingresos tomando en cuenta un valor de US$2,500 la onza.

La expansión de la planta de la minera Barrik Gold en el país permitirá mantener la producción de oro por encima de 800,000 onzas por año.

Según los datos de la actividad minera dominicana durante el primer semestre de 2025, el sector creció un 2.3%, revirtiendo la tendencia negativa del mismo período en 2024 (-13.7%), cuyo repunte se acentuó en mayo, cuando se registró un crecimiento interanual del 21%, impulsado por el aumento sostenido en las exportaciones y el buen desempeño de los mercados internacionales de metales, especialmente el oro.

Solamente en oro  en el país se pudiera llegar a exportar más de US$3,000 millones este año 2025. La mina de Pueblo Viejo aportó RD$12,500 millones con un precio promedio de US$2,500 la onza, según el marco macroeconómico utilizado.

Las exportaciones de oro van a destinos clave como India, Canadá y Estados Unidos.

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El Senado de la República decidió eliminar del Proyecto de Ley Orgánica que modifica la Ley 16-92, que aprueba un nuevo Código de Trabajo, la disposición el pago obligatorio de los consumidores del 10% de la propina los pedidos que hacen los clientes en el país a través de las plataformas digitales. Durante la segunda lectura del proyecto de ley, los senadores aprobaron la solicitud presentada por Alexis Victoria Yeb, que solicita volver a la posición anterior sobre el tema de las propinas, para que “solamente sea incluido el 10 por ciento de la propina legal en los establecimientos de expendio de bebidas y comida”. En su aprobación en primera lectura, el nuevo código de trabajo contemplaba en su artículo 228 que sería de carácter “obligatorio para el empleador agregar un 10% de propina en las cuentas o facturas de los clientes, sin distinción del canal de venta utilizado, a fin de ser distribuido íntegramente entre los trabajadores, con excepción de aquellos que pertenecen al área administrativa”. La disposición fue inmediatamente rechazada por varios sectores de la población, principalmente los consumidores, quienes indicaron que tendrían que restringir el uso de las plataformas en caso de que esa moción se encuentre en la nueva legislación cuando sea promulgada por el Poder Ejecutivo. Otras modificaciones Los senadores decidieron dejar sobre la mesa el conocimiento en segunda lectura de la reforma laboral en búsqueda de incorporar las modificaciones propuestas por varios de los legisladores. Además de la solicitud de Victoria Yeb, fue aprobada la modificación que presentó el senador por la provincia La Altagracia, Rafael Barón Duluc, modificando el artículo 420 que indica que el Ministerio de Trabajo es el órgano del Poder Ejecutivo encargado de la formulación y ejecución de las políticas laborales y tiene por finalidad promover la formalidad y el empleo decente, regular las relaciones laborales, garantizar la seguridad y la salud en el trabajo, y velar por el cumplimiento de la legislación laboral y de seguridad social. El mismo artículo destaca las atribuciones del ministerio son formular y ejecutar políticas y programas relacionados con el empleo y la formación profesional; fomentar el diálogo social entre trabajadores, empleadores y el Gobierno; supervisar el cumplimiento de las normas laborales y de seguridad social; administrar el sistema de inspección laboral y de la seguridad social. En tanto que el artículo 421 refiere que el ministro de Trabajo es la máxima autoridad del Ministerio de Trabajo, responsable de la formulación, dirección, ejecución y supervisión de las políticas laborales y de empleo. Tendrá bajo su dirección los viceministerios y demás dependencias del ministerio. El conocimiento del nuevo Código Laboral continuará en la próxima sesión de la Cámara Alta, pautada para las 10 de la mañana del próximo jueves.

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