SANTIAGO.- El magistrado presidente del Tribunal Constitucional, Dr. Milton Ray Guevara, dictó la conferencia «Aportes del constitucionalismo al sistema de derechos de la República Dominicana: por una cultura constitucional», en la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), recinto Santiago, donde resaltó que el tema tiene una estrecha relación con la Ciudad Corazón, que fue la madre de la Constitución de 1908 y la inspiradora del constitucionalismo liberal, que impregnó la llamada Constitución de Moca de febrero de 1858.
En su disertación, el magistrado Ray Guevara planteó como una herejía, que la génesis del constitucionalismo aparece con las revoluciones inglesa, norteamericana y francesa.
«El nacimiento del constitucionalismo está indivisiblemente unido a la protección de los derechos del ser humano en sus diversas facetas, porque lo que produce el surgimiento y el desarrollo del derecho constitucional es limitar el poder de los gobernantes y liberar de las arbitrariedades a los seres humanos», agregó.
Sobre la importancia de la creación del TC, afirmó que radica en que la Constitución necesitaba tener un defensor y este órgano se convirtió en un instrumento garante de los derechos ciudadanos y del respeto a la Constitución.
Resaltó que el siglo XIX fue el tiempo de los parlamentos; el siglo XX, el de la creación de los tribunales constitucionales y el siglo XXI ha sido dedicado a la consolidación de esas altas cortes.
Acerca de la justicia constitucional, dijo que es un elemento importante para el desarrollo del constitucionalismo. «La República Dominicana, hasta la creación del tribunal, era un país de Constitución sin constitucionalismo, a pesar de que había ideas acumuladas en los diversos periodos históricos» del país, argumentó.
Recorrido histórico
El presidente del TC afirmó que resulta imposible hablar de constitucionalismo y derechos fundamentales sin hacer referencia a diversos hechos históricos, como la Carta Magna Inglesa de 1215, la petición de derechos de 1627, la Ley de Hábeas Corpus de 1679 y la Declaración de Derechos de 1689.
«Las cosas se presentan de tal manera que ya para el año 1776 aparece la Declaración de Derechos del Buen Pueblo Soberano de Virginia y empieza ya a perfilarse un nuevo enfoque de lo que será la doctrina constitucional, porque con el sistema norteamericano van a aparecer por primera vez el régimen republicano y el régimen presidencial…», agregó.