SANTO DOMINGO, República Dominicana.- El Pleno de la Junta Central Electoral (JCE) decidió este martes a unanimidad, recurrir ante el Tribunal Constitucional, la decisión del Tribunal Superior Electoral (TSE) que anula la resolución 02-2017 sobre el criterio de determinación de la contribución económica del Estado a los partidos políticos y el orden de los mismos en la boleta electoral.
Al concluir la sesión de este martes, el presidente del organismo, Julio César Castaños Guzmán, señaló que decidieron recurrir esa decisión toda vez que ese órgano con sus argumentaciones pretende limitar las competencias de atribución ratione materiae de la Junta Central Electoral en lo referente a su capacidad para conocer y decidir los recursos de revisión interpuestos contra las decisiones dictadas por ella misma.
“En tal virtud, tratándose de un asunto de orden público, la JCE entiende que dichos criterios son irrenunciables y, por lo tanto, merecedores de que la más alta instancia constitucional de la República se pronuncie sobre el particular”, manifestó.
El pasado 26 de abril, el TSE anuló la resolución 02-2017 emitida por la Junta, en respuesta a un recurso de amparo incoado por el Partido Revolucionario Dominicano (PRD), bajo alegato de que el órgano electoral violó la Constitución al cambiar el orden que tomaría en cuenta para distribuir el dinero a los partidos políticos y las posiciones en la boleta electoral. En ese momento, el presidente de la Junta, dijo que respetaba la decisión del tribunal.
El partido blanco argumentó que previó a las elecciones del 2016, la JCE decidió que el orden quedaría establecido a partir de los votos alcanzados por cada partido en el nivel presidencial, pero el Pleno actual, que está compuesto por otros miembros, estableció en febrero que estaría determinado por la sumatoria de los votos en todos los niveles: presidencia, congresual y municipal.
Bajo esta modalidad, el PRD perdería la posición electoral tres en la boleta, y en su lugar la ocuparía el Partido Reformista Social Cristiano.
“El interés es la medida de la acción. ¿Tenemos interés en el orden que ocupen los partidos en la boleta? No. ¿Tenemos interés en la forma en la distribución de la contribución? No. Pero en lo que sí tenemos interés es en las competencias de atribución que la Constitución y la ley le dan a la Junta Central Electoral y eso es algo que debemos reivindicar”, dijo Castaños Guzmán.
La decisión del Pleno dispuso que la sentencia del Tribunal Superior Electoral sea recurrida mediante la interposición de una revisión constitucional de decisión jurisdiccional.