En una actitud que ha sorprendido al país, la Junta Central Electoral (JCE) no ha anunciado acciones disciplinarias contra los partidos políticos que desacataron su resolución del 20 de junio pasado que prohíbe el proselitismo fuera de los tiempos de campaña.
Hace una semana se cumplió el plazo de 5 días otorgado por el organismo electoral para que los candidatos con proselitismo a destiempo retiren las vallas publicitarias en que promueven sus operaciones y detengan sus movilizaciones por diferentes puntos del país, pero ninguno acató ese mandato.
La institución tomó la decisión luego de calificar las actividades de campaña como extemporáneas y fuera de toda previsión legal.
El numeral 22 del artículo 173 de la Ley Electoral 275-97 establece sanciones para quienes violenten las resoluciones de la JCE consistentes en meses de prisión correccional y multas de entre RD$2,000 y RD$5,000.
En ese caso, para hacer valer su autoridad, la JCE debe apoderar al Tribunal Superior Electoral (TSE) del desacato, organismo que debe juzgar y sancionar a los acusados conforme al artículo 10 de la Ley Orgánica 29-11. Esa legislación autoriza al TSE a juzgar y sancionar los delitos electorales.
La ley le autoriza
La misma Ley 275-97 autoriza al organismo de elecciones a ordenar de inmediato y, no lo ha hecho, que las empresas de publicidad gráfica retiren las vallas que promocionan a destiempo a los precandidatos a cargos electivos de cara a las elecciones del 2020.
De esas empresas no acatar la disposición de la JCE, esa entidad debe proceder a retirarlas usando sus medios.
Algunos observadores atribuyen la actitud “pasiva” de la JCE a que este organismo podría haber caído en un estado de desmoralización luego que saliera, recientemente, a relucir que el 14 de mayo de este año esa entidad emitió el acta 09-2018, en la que admitió que no tenía competencia legal para regular las actividades fuera del anuncio formal del inicio de la campaña electoral.