La ley de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial establece la prueba de la alcoholemia a conductores y peatones en casos específicos, y para darle cumplimiento, los primeros equipos estarían llegando al país en el mes de diciembre.
La información la ofreció a elCaribe la directora del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant), Claudia Francesca de Los Santos. “Nosotros estamos recibiendo una donación de ocho retenes, que consiste en una estructura con 10 agentes, una unidad y una grúa”, subrayó.
Según explicó, se elegirán puntos de varias ciudades para establecer este procedimiento, que será rotativo y realizado por los agentes de la Digesett, facultados para practicar a los conductores y peatones el control de alcoholemia o toxicológico a los fines de comprobar la existencia de alcohol o drogas.
El artículo 258 de la Ley 63-17 considerará ilegal conducir un vehículo de motor por las vías públicas cuando el grado de alcohol sea superior a 0.5 gramos por litro en la sangre o 0.25 miligramos en el aire espirado.
En el caso de choferes de transporte público de pasajeros y de carga, el grado de alcoholemia deberá ser de 0.0 gramos de alcohol ó 0.0 miligramos, respectivamente. En las pruebas del alcoholímetro, conductores y peatones deberán espirar sobre el instrumento, con el propósito de detectar la presencia de alcohol en la respiración y determinar el grado consumido. “La alcoholimetría podrá practicarse de manera preventiva, ya sea de carácter circunstancial o como parte de operativos a las personas que se encuentren en lugares públicos y que pretendan conducir un vehículo de motor, cuyo comportamiento el agente considere inadecuado y presente síntomas evidentes de tener disminuida su aptitud y facultades para realizar dicha actividad de conducción”, destaca la ley.