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Gobierno sigue avanzando contra el lavado de activos con aprobación de dos reglamentos

Redacción por Redacción
18/11/2017
en Destacadas
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DANILO MEDINA PRESIDENTE REPUBLICA DOMINICANA PODIUM PALACIO

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Santo Domingo, RD.- El presidente Danilo Medina promulgó hoy dos reglamentos. Las nuevas ordenanzas permitirán tomar acciones inmediatas contra el lavado de activos.

Se trata del Reglamento de Congelamiento Preventivo y el Reglamento General de Aplicación de la Ley 155-17 contra el Lavado de Activos y Financiamiento al Terrorismo.

“Estos reglamentos permiten una mayor eficacia en la lucha, tanto nacional como internacional, contra la corrupción, la impunidad y el crimen organizado”, expresó el ministro de la Presidencia, Gustavo Montalvo.

Reglamento de Congelamiento Preventivo
En el Reglamento de Congelamiento Preventivo se detalla el proceso por el cual los designados como terroristas por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas o las autoridades dominicanas verán congelados sus activos financieros y bienes en general.

De esa manera, se evita que puedan ser usados para financiar actos terroristas.

En este contexto, cada vez que las Naciones Unidas o las autoridades dominicanas enlisten una persona u organización como terrorista, la Unidad de Análisis Financiero y la Procuraduría Especializada Anti lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo pasarán a investigar.

También procederán a congelar las cuentas bancarias y otros bienes de los acusados de terrorismo.

Reglamento de la Ley de Lavado de Activos
El Reglamento de la Ley de Lavado de Activos, por su parte, desarrolla los temas de beneficiario final y medidas cautelares sobre bienes.

Igualmente, la debida diligencia, así como las limitaciones al uso de efectivo y criterios para ser Persona Expuesta Políticamente (PEP) estipulados en la de la Ley 155-17.

Entre otras disposiciones, establece que la Administración Tributaria deberá requerir los datos de beneficiario final a las personas jurídicas al momento de inscripción o actualización de datos.

Decretos 407-17 y 408-17
Estos reglamentos están contenidos en los decretos 407-17 y 408-17. Constituyen un gran avance para la aplicación de la Ley 155-17.

Fortalecimiento institucional previo a evaluación GAFILAT
Así se da cumplimiento a los requerimientos de organismos internacionales y con las recomendaciones del Grupo Acción Financiera Internacional (GAFI).

“Estos reglamentos fueron elaborados en consulta con el sector privado, quien tiene la responsabilidad de realizar las adecuaciones necesarias para cumplir con los requerimientos de prevnción que establece esta nueva ley”.

La promulgación de estos reglamentos se realiza como parte del proceso de actualización normativa y fortalecimiento institucional que está realizando el país previo a la evaluación del Grupo Acción Financiera Internacional de Latinoamérica (GAFILAT).

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