El embajador dominicano en España, Olivo Rodríguez Huertas, reaccionó molesto la noche de este jueves ante la sentencia del Tribunal Superior Electoral (TSE) que rechazó un recurso que buscaba anular la fusión del Partido de los Trabajadores Dominicanos (PTD) con la Fuerza del Pueblo.
“Otra pulgada de juez! @tse_rd confirma que en República Dominicana existen dos tipos de justiciables: @LeonelFernandez y El RESTO DE LOS MORTALES”, posteó el embajador en su cuenta de Twitter @Orodriguez1965. A este mensaje les siguieron otros nueve en la misma red social.
De acuerdo a la asamblea realizada por el PTD en octubre de 2019, Leonel Fernández es el presidente y candidato presidencial del PTD, ahora Fuerza del Pueblo. El cambio de nombre ya fue autorizado por la Junta Central Electoral y ya la organización celebró su primer congreso.
Mensajes del embajador
- Mediante TSE-007-2020 el @tse_rd rehuye pronunciarse sobre graves irregularidades de Convención Electoral PTD en términos de convocatoria y violaciones estatutarias.
- Es importante recordar que el acta de la Convención Electoral del PTD fue objeto de graves adulteraciones.
- No sólo fue esa la resolución adulterada, sino que el acta remitida a JCE por PTD contiene adulteraciones en cinco (5) de las resoluciones adoptadas en irregular Convención Nacional Electoral.
- De manera premeditada el @tse_rd recurre a la vía fácil, declarando inadmisible demanda de González Espinosa y compartes, por no agotamiento de vía interna.
- Sin embargo, en TSE-100-2019, que favoreció a LeonelFernandez hace apenas dos meses, el @tse_rd dijo que en estatuto PTD no consta disposición alguna relativa a existencia de vía interna.
- Ahora @tse_rd dice, para separarse de sentencia TSE-100-2019, que en este caso le fue aportado Reglamento para el funcionamiento de la Comisión Nacional Electoral que establece una vía interna en artículo 6.
- Pero acontece que artículo 6 de reglamento invocado por @tse_rd no aplica a demanda González Espinosa y compartes, ya que ninguno de ellos son “aspirante no conforme con los resultados”.
- Aún en caso -que no lo es- de que demandantes hubieran sido “aspirantes” en Convención, reglamento salvavida utilizado por @tse_rd para salvar a @LeonelFernandez no sería aplicable conforme jurisprudencia del TSE.
- Es que el Tribunal Superior Electoral @tse_rd-hace tan solo 6 meses- en sentencia TSE-027-2019, dijo que exigencia de agotar vía interna esta condicionada a que se interponga ante órgano superior al de que emana la decisión.