El Tribunal Superior Electoral (TSE) ordenó a la Junta Electoral de Santo Domingo Este que proceda en lo inmediato a la revisión de los votos declarados nulos en el nivel de diputados en la circunscripción número 3 del municipio Santo Domingo Este durante las elecciones celebradas el domingo 5 de julio.
La Corte Electoral dispuso la revisión de los votos nulos en virtud del carácter determinante que puede tener para la distribución de los escaños plurinominales en dicha demarcación, con base al método D’Hondt y tomando en consideración la inexistencia de la figura del “arrastre” y el mecanismo de voto preferencial, imperantes en la elección de diputaciones.
El tribunal acogió un recurso de apelación interpuesto el 14 de julio por el candidato a diputado Claudio Caamaño Vélez, por el Partido Revolucionario Moderno (PRM), en contra de la resolución 42/2020, dictada por la Junta Electoral de Santo Domingo Ese el 13 de julio del 2020.
Anuló la resolución recurrida, por adolecer de motivación, violación al debido proceso y la tutela judicial efectiva.
En el dispositivo de la sentencia TSE-740-2020, dispuso que la revisión de los votos declarados nulos se haga en presencia de los delegados de los partidos políticos acreditados ante la Junta Electoral .
La decisión fue adoptada con el voto unánime de los jueces que componen el TSE, Román Jaquez Liranzo, presidente, Rafaelina Peralta, Cristian Perdomo, Santiago Sosa y Ramón Arístides Madera Arias.