Un parquímetro es un dispositivo ubicado en la vía pública que permite el ordenamiento y medición del estacionamiento en áreas definidas para ello.
Ahora bien, en la Republica Dominicana, específicamente en la provincia de Santiago, la Suprema Corte de Justicia declaró mediante una resolución clara y precisa, que estos dispositivos eran un caso inconstitucional, de manera que se prohibió el uso y aplicación de estos hace aproximadamente cuatro años.
No obstante, hoy en día siguen instalados más del 90 % de estos aparatos en toda la ciudad, aunque sin funcionamiento alguno. Lo cual ha llevado a deducir y confirmar la mala gestión del Ayuntamiento, tanto en la limpieza como en el orden público.
Si nos ponemos a analizar,.. ¿Cuál es la función que desempeñan estos dispositivos en la ciudad actualmente? Ninguna, simplemente confundir a los conductores, afear la imagen visual de la ciudad y recordar la injusticia que se nos obligo a cumplir.
Como si fuera poco, también están los “muy eficientes” agentes de AMET, observando desde un rincón, a todo aquel que se estacione en un área “supuestamente indebida” para montarlo en su maravillosa grúa escondida a 20 metros. Ahora bien… yo me pregunto. Si no me puedo estacionar ahí, ¿por qué razón hay un parquímetro precisamente al lado de mi vehículo? Es decir, que mientras depositábamos dinero en estos dispositivos, esa área era bien vista para estacionamiento, sin embargo en vista de que ya nadie se gana esos “chelitos”, automáticamente se convierte en un área totalmente Prohibida, que le da la potestad al AMET de llevarse mi vehículo, sin ni siquiera dejarme una nota.
No estaría mal preguntarse también ¿Cuál es la función de AMET?
¿llevarse los vehículos sin ningún criterio lógico y sin ni siquiera concientizar al conductor, poner multas al por mayor y al detalle para ganarse su porcentaje asignado para estos casos, tener una actitud superior y pedante ante los ciudadanos ignorantes, recibir una llamada de un superior y dejar ir a todo aquel que tenga una “cuña.? ¿O más bien la función de éstos es simplemente garantizar el cumplimiento de la ley de tránsito con transparencia, y garantizar el cabal cumplimiento de las disposiciones establecidas en las normas tributarias dominicanas?
Yo me atrevería a decir sin miedo alguno que su función es la primera de estas y, tienen el descaro de decir que cuentan con un Departamento de Atención al ciudadano desde el año 2008 que es el responsable de investigar las quejas de conductas impropias de parte de los Miembros de la Institución. Esto causa gracia y pena a la vez.
Citando textualmente las palabras escritas en su portal web:
“Nuestra meta es que el ciudadano nunca tenga que presentar una queja de nuestros miembros, pero si tuviera que hacerlo, tenga la plena seguridad que investigaremos su queja con objetividad, que descubriremos la verdad y aplicaremos la medida correctiva por cualquier conducta impropia a fin de conservar la confianza de los ciudadanos y de la Sociedad.”
Vamos a aterrizar a la realidad ese texto:
“Nuestra meta es que el ciudadano SIEMPRE tenga que presentar una queja de nuestros miembros, y tenga la plena seguridad que NI SIQUIERA investigaremos su queja con objetividad, que NO descubriremos la verdad (PUES NO VAMOS A INVESTIGAR) y OBVIAREMOS la medida correctiva por cualquier conducta impropia a fin de DESTRUIR LA POCA confianza QUE QUEDA de los ciudadanos y de la Sociedad.“
Esta es la cruda verdad, y lamentablemente con estas actitudes hemos Conseguido armar un amargo ambiente de insatisfacción pública, que lleva al país cada día más al abismo y a que personas consciente y conocedoras de la ley renovemos nuestros votos y volvamos a decir que vivimos en el MEJOR PAÍS DEL MUNDO.
Rita Hernández
@RISTONGUITA