Tras conocerse la información en fuentes oficiales que reclamaron el anonimato, LISTÍN DIARIO trató de comunicarse con los magistrados Saulo Ysabel Díaz, Manuel del Socorro Pérez García y Rosaly Yovianka Stefani Brito, sin recibir respuesta.
Sobre esta disposición también se solicitó información a la Embajada de Estados Unidos en el país, la cual respondió la siguiente;
“Con respecto a tu solicitud sobre confirmar la información que circula en medios, la respuesta oficial es: La Embajada de los Estados Unidos tiene como normativa no comentar detalles sobre casos específicos de visados”, expresó en una nota firmada por Kelly McCarthy, agregada de Prensa y Vocera de la Embajada.
La más reciente decisión controversial adoptada por la Corte de Apelación de la Provincia Santo Domingo fue el fallo que anuló la sentencia que condenaba a 10 y 5 años de prisión a Winston Rizik Rodíguez y su hermano Nelson Rizik Delgado, acusados de narcotráfico y lavado de activos.
Además, se ha informado que Winston Rizik figura como un fugitivo del U.S.Marshall, https://www.usmarshals.gov/investigations/major_cases/rizik.htm.
La sentencia anulada fue la dictada el 9 de marzo de 2016 por el Tribunal Colegiado de la provincia Monte Plata.
En el dispositivo de la sentencia, los jueces de la Corte ordenaron además la celebración de un nuevo juicio, para que todas las pruebas sean nuevamente valoradas en el juicio de fondo que deberá conocer el Primer Tribunal Colegiado de esa jurisdicción.
Voto disidente
El magistrado Ysabel Díaz en sus motivaciones del voto disidente, entendía que el tribunal de alzada no debió ordenar la celebración de un nuevo juicio y que este debió emitir su propia sentencia.
Sostuvo que las pruebas ofertadas y vistas por el tribunal de primer grado, son las mismas que serían ofertadas nuevamente, tras señalar que la Corte de Apelación solo debía ponderarlas y valorarlas, supliendo la poca valoración realizada por el tribunal que emitió la sentencia recurrida.