La Cámara de Diputados aprobó este miércoles en primera lectura el proyecto de que modifica la Ley No. 85-99 que otorga pensiones del Estado a toda persona que haya sido exaltada al Salón de la Fama del Deporte Nacional.
De igual manera, la iniciativa legislativa contempla a los atletas que hayan logrado “poner en alto el nombre de la República Dominicana” tanto en el país como en el extranjero.
Aunque la pieza contempla la palabra “pensión” se aprobó la sustitución de ese término por el de “gratificación económica”.
En uno de sus considerandos la iniciativa señala que la Ley 85-99 nació ante la necesidad de proveer de un modo de sustento a aquellos hombres y mujeres que dedicaron sus años de juventud a la práctica deportiva y a la representación digna del país y cuya actividad les impidió acumular bienes que les permitiera asegurar lo más elementales medios de subsistencia durante su vejez.
De igual manera, otro considerando indica que una prohibición establecida en la Ley No. 379 a las glorias del deporte que han sido beneficiadas por la mencionada Ley No.85-99, trajo como consecuencia que muchos de ellos se les despojó de los recursos económicos que percibía y que “estén viviendo en la indigencia”.
Con respecto a la pensión, el proyecto establece un ingreso económico equivalente a cinco salarios mínimos mensuales para los deportistas exaltados al Pabellón de la Fama del Deporte Dominicano y uno de tres salarios mínimos para aquellos que pongan en alto el nombre del país.
También ordena al Ministerio de Deporte y Recreación como la entidad encargada de tramitar el expediente de las personas beneficiadas y de otorgar la remuneración económica.