SANTO DOMINGO.- El Ministerio de Salud Pública hizo pública este miércoles una resolución que establece medidas para asegurar el distanciamiento físico en establecimientos y lugares cerrados de acceso al público y que se aplica desde este mismo miércoles.
Entre las medidas que recoge, se dispone que los establecimientos de venta de alimentos y bebidas alcohólicas tipo colmados, cafeterías, tiendas de bebidas alcohólicas así como restaurantes, solo podrán operan, de 6 de la mañana a 8 de la noche.
Los establecimientos deben garantizar un distanciamiento de 1.5 metros entre las personas, el uso obligatorio de las mascarillas y son responsables de hacer cumplir todas las medidas de seguridad dispuestas para controlar la propagación de la pandemia.
Además, el personal debe cumplir con las condiciones necesarias para el lavado de manos, desinfección de equipos e instrumentos necesarios para la realización de sus deberes, indica el documento.