El Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD) informó que el nuevo Código Penal es una herramienta eficaz de lucha contra la criminalidad, sin embargo, rechaza cambios en tema del Aborto.
Miguel Surun Hernández, presidente del CARD, dice que constituye un instrumento adicional para sancionar la delincuencia organizada y reducir los elevados índices de criminalidad que afecta a la República Dominicana.
Surun calificó como positivo el incremento de la pena máxima de 30 a 40 años, la acumulación de pena de hasta 60 años, penalización del secuestro de 20 a 30 años y fija castigos de cuatro a 10 años a los adultos que induzcan a menores a cometer actos delincuenciales.
También valoró el castigo planteado a la invasión de terreno, feminicidio, envenenamiento, y el crimen de lesa humanidad, entre otros.
El jurista indicó que el Congreso Nacional ha dotado a los organismos represivos y al sistema de justicia en su conjunto para que pueda castigar de manera ejemplar los crímenes y delitos que se comete.
Proyecto de difusión
El CARD anunció un amplio programa de formación y actualización a nivel nacional referente a las nuevas infracciones que contempla el nuevo Código Penal a los fines de que los abogados de la República Dominicana estén en mejores condiciones de poder desempeñar sus funciones en favor de la sociedad.
Rechaza cambios en tema del Aborto
El gremio que agrupa a los abogados sin embargo rechazó que en el nuevo Código se eliminaron dos circunstancias de las tres que permitían realizar un aborto legal, lo que constituye una violación a los derechos humanos de las mujeres.
Explicó que el Código Penal aprobado en 2014 planteaba que el aborto podía realizarse legalmente cuando la vida de la mujer embarazada esté en riesgo, cuando el embarazo ha sido producto de una violación sexual o incesto y en casos de malformación del feto incompatible con la vida, mientras que el nuevo Código aprobado por los diputados solo permite el aborto legal cuando corre riesgo la vida de la madre.
“Obligar a una mujer mantener un embarazo producto de una violación sexual, incesto o con malformaciones del feto cuando crece fuera del útero es una acción inhumana que afectaría a la madre y a la criatura física y sicológicamente”, expresó Surun Hernández.
El CARD entiende que siempre debe defenderse la vida de conformidad con el mandato Constitucional, pero existen circunstancias en las cuales el legislador debe prever la excepción a la prohibición del aborto como es el caso de violación sexual e incesto, deformaciones en el feto y en el caso que la vida de la madre esté en riesgo.