El caso de Pedro Alejandro Castillo Paniagua, alias “Quirinito” , pone en evidencia la vulnerabilidad no solo del sistema judicial, sino también del penitenciario y del sector médico.
Con certificaciones médicas falsas, como se ha establecido, el condenado a 20 años de prisión por homicidio, logró su traslado del centro de corrección y rehabilitación de Najayo, en San Cristóbal, al de Vista del Valle, de San Francisco de Macorís; el cambio de lugar de cumplimiento de la pena de un recinto penitenciario a una casa, y finalmente, que un médico legista certificara su muerte, logrando un acta de defunción.
Como se observa, han sido detectadas una serie de irregularidades, en la que han estado envueltos jueces, fiscales, médicos, y personal de vigilancia penitenciaria. Pero, además, han sido dictadas múltiples resoluciones judiciales en tribunales de diferentes grados, tanto condenatorias como favorables al imputado.
Castillo Paniagua fue condenado a 30 años de prisión el 13 de abril del 2010 por el tribunal colegiado de San Cristóbal, al ser hallado culpable de asesinar al presunto narcotraficante Adolfo Cervantes Arellano (Waikiki), quien era investigado por al asesinato, en marzo de ese mismo año, del agente de la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD), Guillermo Tejada Krawinkel.
Dos meses después, el 20 de junio, la Corte de Apelación anuló esa condena y dispuso que sea celebrado un nuevo juicio, porque no fueron valoradas las pruebas correctamente. Celebrado un nuevo juicio, el Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia de Peravia lo condenó a 20 años de prisión.
Esa sentencia adquirió el carácter de autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada, es decir, se hizo definitiva, luego que el 5 de mayo del 2015, la Segunda Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) declaró inadmisible un recurso de casación interpuesto por el condenado.
Castillo Paniagua, apodado Quirinito, por ser sobrino del ex convicto por narcotráfico, Quirino Ernesto Paulino Castillo, guardaba prisión en el centro de corrección de Najayo, hasta hace un año, pues el 29 de septiembre del 2016, el juez de ejecución de la pena de San Cristóbal, Willy De Jesús, dispuso su traslado al recinto Vista al Valle, de San Francisco de Macorís.
En ese recinto duró menos de un año, debido a que, acogiendo un recurso de la defensa legal del imputado, la jueza de ejecución de la pena de San Francisco de Macorís, Aleida Jiménez Acosta, dispuso la variación del régimen de cumplimiento de la pena, de privación de libertad en un recinto penitenciario a prisión domiciliaria, a ser cumplida en una vivienda del residencial Bety Marie, del sector Paseo de los Ríos, de San Francisco de Macorís.
El cinco de julio del 2017, el médico legista Orlando Herrera Robles, emitió un certificado médico ficticio, con el cual se expidió al día siguiente, el acta de defunción No. 00239, folio 0039, que declara el fallecimiento por la causa de “fallo cardíaco debido a infarto agudo al miocardio por carcinoma epidermoide en la base de la lengua”.