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Banreservas registra histórico crecimiento de su capital

Redacción por Redacción
25/10/2024
en Destacadas
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El Banco de Reservas arribó ayer jueves a sus 83 años de fundado con el mayor aumento de capital de toda su historia, más de RD$1.2 trillones en activos,  y posicionado como el número uno en depósitos de la banca múltiple,  afirmó su presidente ejecutivo Samuel Pereyra.

Agregó que además esta institución cuenta  con una cartera de crédito en favor de todos los sectores productivos dominicanos ascendente a RD$563,665 millones y una  morosidad de apenas 0.9%, muy por debajo de todo el sistema financiero nacional, que fue de 1.35%.

Al referirse al incremento de capital del Banco, dijo: “Este hito destaca un notable crecimiento, desde los 10 mil millones de pesos en 2020, a 39 mil millones en enero de 2022, y, más recientemente, a 76 mil millones en agosto de 2024”.

“Este aumento, que representa una extraordinaria expansión del 660% desde los 10 mil millones iniciales, ha sido posible gracias a la reciente modificación de la Ley Número 13-24, que actualiza la Ley Orgánica del Banco, así como a la capitalización de las utilidades generadas en los últimos años», subrayó.

Dijo que esta modificación permitirá ampliar significativamente las capacidades de capitalización y fortalecer la posición financiera de la institución.

Pereyra habló en la misa de acción de gracias por el 83 Aniversario de Banreservas, fundado el 24 octubre de 1941. Este oficio religioso fue celebrado en la Catedral Primada de América por el reverendo padre Milciades Florentino, vicario episcopal de administración de la Arquidiócesis de Santo Domingo.

El presidente ejecutivo de Banreservas refirió que los logros alcanzados en los últimos cuatro años de gestión han sido posibles “por el esfuerzo de las sucesivas generaciones de hombres y mujeres que nos precedieron en estas tareas, y que en la actualidad continúa el eficiente equipo que me acompaña, con entusiasmo, su valioso trabajo”.

También resaltó «la labor comprometida del Consejo de Directores del Banco y la fidelidad de sus clientes» así como «el correcto manejo de la política económica que impulsa el presidente Luis Abinader».

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El Senado de la República decidió eliminar del Proyecto de Ley Orgánica que modifica la Ley 16-92, que aprueba un nuevo Código de Trabajo, la disposición el pago obligatorio de los consumidores del 10% de la propina los pedidos que hacen los clientes en el país a través de las plataformas digitales. Durante la segunda lectura del proyecto de ley, los senadores aprobaron la solicitud presentada por Alexis Victoria Yeb, que solicita volver a la posición anterior sobre el tema de las propinas, para que “solamente sea incluido el 10 por ciento de la propina legal en los establecimientos de expendio de bebidas y comida”. En su aprobación en primera lectura, el nuevo código de trabajo contemplaba en su artículo 228 que sería de carácter “obligatorio para el empleador agregar un 10% de propina en las cuentas o facturas de los clientes, sin distinción del canal de venta utilizado, a fin de ser distribuido íntegramente entre los trabajadores, con excepción de aquellos que pertenecen al área administrativa”. La disposición fue inmediatamente rechazada por varios sectores de la población, principalmente los consumidores, quienes indicaron que tendrían que restringir el uso de las plataformas en caso de que esa moción se encuentre en la nueva legislación cuando sea promulgada por el Poder Ejecutivo. Otras modificaciones Los senadores decidieron dejar sobre la mesa el conocimiento en segunda lectura de la reforma laboral en búsqueda de incorporar las modificaciones propuestas por varios de los legisladores. Además de la solicitud de Victoria Yeb, fue aprobada la modificación que presentó el senador por la provincia La Altagracia, Rafael Barón Duluc, modificando el artículo 420 que indica que el Ministerio de Trabajo es el órgano del Poder Ejecutivo encargado de la formulación y ejecución de las políticas laborales y tiene por finalidad promover la formalidad y el empleo decente, regular las relaciones laborales, garantizar la seguridad y la salud en el trabajo, y velar por el cumplimiento de la legislación laboral y de seguridad social. El mismo artículo destaca las atribuciones del ministerio son formular y ejecutar políticas y programas relacionados con el empleo y la formación profesional; fomentar el diálogo social entre trabajadores, empleadores y el Gobierno; supervisar el cumplimiento de las normas laborales y de seguridad social; administrar el sistema de inspección laboral y de la seguridad social. En tanto que el artículo 421 refiere que el ministro de Trabajo es la máxima autoridad del Ministerio de Trabajo, responsable de la formulación, dirección, ejecución y supervisión de las políticas laborales y de empleo. Tendrá bajo su dirección los viceministerios y demás dependencias del ministerio. El conocimiento del nuevo Código Laboral continuará en la próxima sesión de la Cámara Alta, pautada para las 10 de la mañana del próximo jueves.

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