Santo Domingo.- La Alianza Dominicana Contra la Corrupción, ADOCCO, sometió este lunes ante la Dirección Nacional de Persecución de la Corrupción Administrativa, DPCA, al ex alcalde 2006-2010, del municipio de Santo Domingo Norte, Jesús Antonio Feliz Feliz y al actual alcalde del municipio de las Terrenas, Samaná, José Mercedes Martínez Emeterio, por la comisión de serias y graves irregularidades detectadas en sendas auditorias publicadas recientemente por la Cámara de Cuentas de la Republica Dominicana.
La organización de la sociedad civil hizo entrega a la Directora de la DPCA, de las resoluciones del pleno de la Cámara de Cuentas, así como del informe de auditoría, conjuntamente con las disposiciones legales y recomendaciones tanto al Ministerio Publico, como a la Dirección General de Impuestos Internos, a la Tesorería de la Seguridad Social, donde se pueden verificar la forma como los sometido manejaron cientos de millones de pesos sin ningún control, violando así la constitución de la república, la ley 176-06 del Distrito Nacional y los Municipios, ley 340-06 de Compras y Contrataciones Públicas, ley 10-04 de la Cámara de Cuentas, entre otras.
A JESÚS ANTONIO FELIZ FELIZ se le acusa de Exceso en la ejecución por objeto del gasto con relación a los montos presupuestados; Valores no registrados en la ejecución presupuestaria de ingresos; Faltante de facturas por reembolso de publicidad; Retenciones indebidas de Impuesto sobre la Renta y Seguridad Social; Impuestos retenidos a proveedores y no pagados a la Dirección General de Impuestos Internos; Impuestos retenidos a empleados y no pagados; Impuestos no aplicados; Valores retenidos no pagados a la Tesorería de la Seguridad Social; Cuentas por pagar por concepto de seguridad social; Construcciones y mejoras irregulares; Diferencias entre los ejecutado, pagado y cubicado; Pago de avances superiores a lo estipulado en las normas y leyes vigentes.
En la instancia de sometimiento también se hace constar que el síndico 2006-2010, incurrió en la práctica de contratar obras como emergencia, motivo por el cual se establece que los principales funcionarios de la entidad edilicia, actuando en el ejercicio de sus atribuciones y funciones, no observaron las disposiciones que regulan la conducta ética de los servidores públicos; Asimismo, Auditados los resultados del ejercicio, de acuerdo a la auditoría practicada por la Cámara de Cuentas de la Republica al Estado de Ejecución Presupuestaria por el periodo comprendido entre el Primero de Enero al treinta y uno de diciembre del año dos mil nueve (2009), resulto una diferencia con relación a la disponibilidad al cierre del periodo auditado.
Codificación Incorrecta en la Cuenta de Combustibles y Lubricantes. La entidad desembolsó RD$2,027,771 a favor de Distribuidora de Combustible Ortiz, RNC 130-25526-1, observándose que las facturas de soporte de desembolso no se corresponden con el concepto del cheque: las mismas corresponden a servicios por consumo de comida, adquisición de baterías, piezas y partes para vehículos y gomas, los cuales fueron codificados en la cuenta Combustibles y Lubricantes, debiendo ser en otras cuentas, según el Clasificador Presupuestario para Ayuntamientos, en violación del título 3.3, Normas Fundamentales de Contabilidad, subtitulo Uniformidad de las Cuentas de las Normas de Contabilidad Aplicables al Sector Publico, emitidas por la Dirección General de Contabilidad Gubernamental.
Ayudas y Donaciones sin Justificación. Durante el periodo auditado, reporta la Cámara de Cuentas que de acuerdo al análisis de la subcuenta Ayudas y Donaciones a Personas, con desembolsos de dos mil a cinco mil pesos, por concepto de ayudas a envejecientes y valores recibidos por miembros del consejo municipal para esos fines, las cuales no contienen soportes justificativos, tales como: copia de cedula ni receta médica de los beneficiarios, para demostrar transparencia en el otorgamiento y distribución de los fondos públicos, por un monto total de RD$7,985,446; todo ello en violación de los artículos 77 numeral 9 de la Ley 41-08 de fecha 16 de enero de 2008, 156 numeral 7 de la Ley No. 176-07, citada y 47, 48, 49 y 54 de la Ley 10-04, citada;
Equipos de Transporte. Vehículos Pesados. La auditoría practicada por la Cámara de Cuentas al Ayuntamiento de Santo Domingo Norte identifica como un problema grave que el 90% de los vehículos pesados del Ayuntamiento ubicados en el Vertedero de Duquesa y en la Dirección General de Equipos y Transporte, no se encuentran en buen estado pero no fueron descargados a la Dirección General de Bienes Nacionales, violando el Reglamento No. 6105 de fecha 29 de octubre de 1949, el Manual del Sistema de Contabilidad Gubernamental, titulo Controles Internos de Activos Fijos, numeral 12 y artículos 47 y 54 de la Ley No. 1004, citada.
Los resultados de la auditoría practicada a la gestión del señor JOSE MERCEDES MARTINEZ EMETERIO, durante el periodo auditado, revelan múltiples irregularidades y violaciones a las leyes que caracterizaron toda la gestión, tales como Ejecución por encima de lo presupuestado; Falta de segregación de funciones; Diferencias en la conciliación; Recibos de ingreso con fecha posterior al depósito, ingresos no depositados oportunamente, rebaja de sueldos de funcionarios y empleados; Compras a proveedores sin certificación de la Dirección General de Impuestos Internos; Vehículos convertidos en chatarras; Otorgamiento de obras “grado a grado”, contratando con proveedores del Estado, sin registro en la Contraloría General de la Republica y sin estudios de pre-factibilidad, factibilidad, ni planificación de recursos ni estudios de impacto ambiental, expedientes, con planos no aprobados y porcentajes de avance o anticipo superiores a lo establecido por la ley, entre otras faltas.
Ingresos dejados de percibir por el ayuntamiento de las Terrenas. De acuerdo a la auditoria de referencia, resulta que en el análisis de los ingresos se evidencia que durante 2010 el Ayuntamiento de Las Terrenas NO RECIBIO ingresos por la suma de RD$6,337,831.0) correspondientes a la facturación realizada por la Compañía Luz y Fuerza, generadora de energía eléctrica, por el servicio ofrecido a la comunidad. La facturación realizada en el periodo asciende a RD$211,261,040 aproximadamente de acuerdo a los reportes suministrados por la Compañía al Ayuntamiento. Violación a la Ley General de Electricidad, 125-01, de fecha 26 de julio de 2001, que dispone que el 3% de la facturación realizada por la generadora eléctrica le corresponde al Ayuntamiento, y al artículo 307 de la Ley No. 176-07, citada.
Subsidios de energía eléctrica a funcionarios y empleados. Durante el periodo auditado, se comprobó que durante 2010 el ayuntamiento municipal de Las Terrenas, subsidió el consumo de energía a sesenta y cinco funcionarios, empleados e instituciones sin fines de lucro, descontados del pago mensual que debe realizar el ayuntamiento a la Compañía Luz y Fuerza, RNC 101-598883, por un monto ascendente a RD$1,045,548.00;, violación del artículo 60 numeral 11 de la Ley No. 176-07, citada; 146 numerales 1) y 2) de la Constitución de la Republica y 47, 48, 49 y 54 de la Ley No. 10-04, citada.
Pagos a personal de una compañía privada. La auditoría al ayuntamiento de Las Terrenas comprobó la realización de pagos a la empresa Arti Waste Service, entidad comercial representada por el ingeniero Alejandro Santana, cedula de identidad y electoral No. 001-182172-3, sin que el Ayuntamiento de Las Terrenas tuviera obligación contractual de hacerlo.
Julio Cesar De la Rosa Tiburcio, vocero de la entidad anuncio que para los próximos días presentara nuevos sometimientos contra ex y actuales alcaldes, por la comisión de actos de corrupción en el manejo de los recursos del pueblo dominicano.